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Consulta formulada por:
Posibles perjuicios de un empleado y de una entidad si el un trabajador pasa a formar parte de la junta directiva
15.02.08
Tenemos dudas de si una persona contratada como trabajador social en la organización, puede incorporarse a la Junta Directiva y si ello implicaría no poder solicitar la prestación por desempleo en caso de finalización del contrato. ¿Qué otro perjuicio puede ocasionarle ésto al trabajador o a la entidad?
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
18.02.08
En respuesta a su consulta, le informamos que se trata de dos actividades totalmente distintas, y que su compatibilidad dependerá de lo que dispongan los estatutos de la asociación; así, si los estatutos no lo prohíben expresamente, un trabajador de la entidad podrá incorporarse a su Junta Directiva si reúne los requisitos previstos en los estatutos para ello. Si la incorporación al cargo es con carácter gratuito, ello no influirá en el derecho a la prestación por desempleo.-
En mi opinión, no hay perjuicio alguno para que un trabajador acceda a un cargo directivo. No hay obstáculo legal, sólo se puede prhibir en estatutos.-
Esta respuesta no es vinculante.-
Opinión anónima
21.02.08
No veo ningún problema, salvo que los estatutos fijasen alguna cautela, naturalmente con la obligación de abstenerse en asuntos que pudieran afectarle como tal trabajador (para evitar conflicto de intereses).