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Consulta formulada por:
Posibles consecuencias por el impago de impuestos de la asociación
15.05.11
¿Que puede pasar si la asociación no tiene dinero para pagar los impuestos que le corresponden?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
16.05.11
Hola José,
Lo que puede pasar es:
- Que no os podáis presentar a convocatorias de subvenciones por no estar al corriente en hacienda o en la seguridad social
- Que más pronto o más tarde los tendreis que pagar y llevarán recargo.
Saludos, Eva
Aportada por:
Analista contable, financiera y de estartegia desarrollo
Trabaja en:
Asesor particular
16.05.11
Buenos dias José,
Pues efectivamente lo que puede pasar es que os llegue de hacienda un requerimiento de pago con el recargo correspondientes. El procedimiento tributario en estos casos no diferencia si eres una ONG o no, así que aplica exactamente lo mismo que para otro tipo de organizaciones.
Y tal y como dice la compañera eso puede llegar a cerraros puertas de cara a la solicitud de financiación en organismos públicos sobre todo.
Saludos,
Bárbara
Aportada por:
SULAYR
Trabaja en:
Asesor particular
16.05.11
Ademas de lo que dice la compañera debeis tener en cuenta:
1º.- Si no pagas al menos presenta el impuesto, pues si no lo presentas Hacienda desconcoe cuanto debes, y por no hacerlo se puede imputar responsabilidad a los administradores, y incluso derivaros la deuda.
2º.- Si no pagas poruqe la situacion de la contabilidad determine que la ONG esta en situacion contable de insolvencia o quiebra, debeis de solicitar en el plazo de dos meses concurso de acreedores, pues de lo contrario os podran derivar la deuda a los administradores, por haber incumplido esa obligacion legal.
Estas cuestiones son novedosas y poco conocidas, y antes no pasaban, pero la actual crisis esta poniendo las cosas dificiles para todos, y Hacienda esta como loca buscando dinero.
mas en www.jimenezpuertas.com
Aportada por:
Asesor Fiscal y Contable
Trabaja en:
Asesor particular
17.05.11
Todo lo que te han dicho los compañeros es correcto, pero si lo que te estas planteando es no pagar porque sufras problemas de tesorería, y las deudas tributarias (individualmente consideradas, son inferiores a 18.000 euros) es mejor que los presentes y, al mismo tiempo, presentes una solicitud de aplazamiento y/o fraccionamiento sin aportación de garantías. El procedimiento es un poco lioso la primera vez pero seguro que en tu Administración te darán las instrucciones necesarias.
Opinión anónima
20.05.11
Creo que como en cualquier otra agrupacion es el embargo de bienes, una medida excesiva pero ejecutable por ley, un saludo
Opinión anónima
01.06.11
Nuevo Orden Social, agradece al equipo Asesor, las respuestas a nuestras preguntas, por su rapidez y claridad; pues realmente no teníamos nada claro,
Les damos las gracias por todo, y quedamos a su disposición.