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Consulta formulada por:
Por unas obras en la entidad la empresa deduce un porcentaje de garantía y no aplica IVA ¿Es correcto?
23.08.14
Hola,
En nuestra Entidad hemos efectuado una obra de construcción y la empresa constructora en la factura deduce un porcentaje en concepto de Retención en garantía de los trabajos efectuados que en un plazo determinado se le habrá de retornar.
Esta deducción (retención) no le aplica IVA ¿es correcto?
En qué cuenta debo contabilizar la retención hasta su devolución.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
25.08.14
En principio, quien tiene que determinar si es correcto o incorrecto excluir esa cantidad de la base imponible es la empresa constructora, sobre todo teniendo en cuenta que para vosotros es un menor IVA soportado. Si se excluye ese importe de la base imponible, entiendo que vosotros no debéis contabilizar ningún tipo de retención, pues es de suponer que cuando abonéis ese importe la empresa emitirá otra factura, con el IVA correspondiente, que será cuando debáis contabilizar.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.