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Consulta formulada por:
Por este contrato a tiempo parcial ¿la persona tiene derecho a pagas extraordinarias y vacaciones?
20.01.15
Hola,
Voy a contratar a una persona en mi Asociación por horas. Realizará 1 hora diaria y en total 20 horas al mes y le haremos un contrato de trabajo de obra a tiempo parcial.
¿Tiene derecho a pagas extraordinarias y vacaciones? ¿cuánto tengo que pagar a la seguridad social?
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Abogado.
Trabaja en:
Asesor particular
21.01.15
Buenos días,
Por supuesto que tiene derecho a las pagas extraordinarias y vacaciones, y tiene los mismos derechos que un trabajador indefinido a tiempo completo.
Las pagas podéis acordar prorratearlas con el salario mensual y, las vacaciones, se tienen que disfrutar, no retribuir, salvo que por causas sobrevenidas (fin del contrato) no las haya podido disfrutar y se tengan que abonar en el finiquito.
Si va a trabajar 20 horas mensuales, serán 5 horas semanales, es decir, un 12,5% de la jornada normal de 40 horas semanales y el salario será proporcional al de la jornada completa. SI el salario a tiempo completo para su categoría es de, por ejemplo, 1000 euros mensuales con pagas prorrateadas, para una persona con el 12,5% de la jornada su salario será de 125 € mensuales.
EN cuanto a la Seguridad SOcial, al trabajador se le retendrá de la nómina (su aportación) unos 6,4% (unos 8 euros en este caso de ejemplo)y la empresa cotizará por el trabajador en torno a un 30% (unos 38€ mensuales según este mismo ejemplo).
En cuanto al IRPF, con estas “bárbaras” cantidades no procede retener nada por este concepto.
Otro asunto también muy importante es que la temporalidad del contrato debe de estar perfectamente justificada, de lo contrario el contrato podrá ser considerado realizado en fraude de ley y se le tendrá por indefinido.
Búscate una asesoría-gestoría para este asunto porque tiene sus complicaciones.
Un saludo