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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Marta Reina

¿Podríamos inscribir nuestra organización en el MTAS y además en la Comunidad de Madrid?

19.02.04

Traslado esta consulta en nombre de una ONG que no puede formularla por no estar aún constituida:

Somos una fundación que está en constitución y nos gustaría saber si es posible inscribir la Fundación tanto en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales como en la Comunidad de Madrid. Nos interesaría inscribirnos en ambos organismos, pero no sabemos los pasos a seguir.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

17.03.04

En contestación a la consulta que tienen planteada, informarles que no les podemos aconsejar que se inscriban en los 2 registros, y aunque a simple vista les pueda parecer más beneficioso (suponemos que pensando en el tema de las subvenciones), les vamos a plantear las siguientes cuestiones:

En primer lugar, no creo que les dejen inscribirse en ambas, por cuanto de forma obligatoria tiene que constar el ámbito de aplicación que va a tener la fundación, y si es estatal les van a remitir al Protectorado del Ministerio, y si es autonómico al de la Comunidad.

Por otro lado, ¿se imaginan por un momento lo que supondría rendir cuentas a los 2 Protectorados, pedir por 2 veces autorización previa cuando fuera necesario, etc…?.

Por tanto, no pueden figurar inscritos en 2 Protectorados de ámbitos distintos.

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#2

Opinión anónima

18.03.04

Buenos días:

No queda explicitado porqué resulta tan importante inscribirse en los dos registros para vuestra fundación: igual saber más sobre ello nos permitiría dar otra respuesta.

En cualquier caso, es posible que haya una forma de hacerlo que bordee la legalidad ¡por dentro!, aunque sería prudente confirmarlo con algún experto jurídico:
Tal vez sea posible inscribir la Fundación a nivel nacional en el MTAS, e inscribir su delegación en Madrid con el mismo domicilio social y aunque en realidad no exista tal distinción en el registro de la Comunidad de Madrid.

En efecto, es probable que si la Fundación abriese una delegación en una ciudad cualquiera de otra Comunidad Autónoma, podría inscribirse también en el registro de aquella Comunidad como delegación… ¿Por qué no iba a ser posible hacerlo en Madrid con su correspondiente delegación, aunque sea algo ficticia?

Un saludo cordial, Dominique

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