Consultas Online
Consulta formulada por:
Poderes del representante legal de la asociación
29.04.10
En ocasiones se nos exige un documento que certifique “poder bastante en derecho” del representante legal de la asociación para actuar en nombre y representación de la persona jurídica solicitante.
Nuestra consulta es si este documento puede ser emitido por el Secretario de la Asociación acompañado por el comunicado de Junta Directiva entregado al Registro correspondiente o si es necesario acudir a algún notario que así lo certifique.
Un saludo
Respuestas
Opinión anónima
30.04.10
Hola, la acreditación de la capacidad legal del representante la acreditaría una certificación (no un "comunicado") del secretario/a sobre quien es el Presidente/a y cuando fue nombrado, unido a los Estatutos originales (o copia compulsada) de la entidad. E incluso así, se podría poner en duda la legitimidad de la certificación (si no fue firmada ante notario, por ejemplo)
Como en todo caso no es habitual llevar en el bolsillo los Estatutos originales o cumpulsados (que también pueden ser puestos en cuestión si la compulsa no es notarial) es más sencillo acudir a un notario para implementar ese poder. Hay que pasar por caja, pero…
consultad en todo caso por teléfono con varias notarías a ver cuanto os cobran y los documentos que teneis que aportar para hacer el poder.
¡Ánimo y adelante con vuestra labor!
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
01.05.10
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
01.05.10