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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Francisco Danés Mota

¿Podemos vender un artículo comprado con fondos de una subvención?

15.01.09

Hace un año y medio recibimos una subvención para un proyecto, y compramos con el dinero una serie de artículos informáticos. Según la subvención debemos guardar los comprobantes (facturas) durante tres años.

El tema es que parte del equipo ya no nos sirve (ya que ha finalizado el proyecto), y se nos había ocurrido venderlo para obtener fondos para un nuevo proyecto. Queremos saber si eso es normal y está permitido, o si puede traernos problemas.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José María Taberné Abad

Ex abogado ejerciente, MSc Development Admin & Planning, Consultor

Trabaja en:

Asesor particular

17.01.09

Dependerá de los términos de la convocatoria de la subvención que os fue concedida acerca del destino de los bienes de equipo a adquirir con la misma. Mejor aclararlo con el financiador antes de venderlos.

Incluso si en la convocatoria no se especificara nada sobre este tipo de insumos y su inventario, recomiendo consultéis con la entidad otorgante de la subvención -especialmente si es del sector público-sobre la posibilidad de enajenarlos; y si fuera factible que os den una resolución por escrito al respecto, para justificar así el producto de su venta.

Saludos JMT

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#2

Opinión anónima

17.01.09

Estoy de auerdo con mi compañero Jose Maria, es muy importante realizar la consulta por escrito y que la respuesta tambien sea por escrito.
Qu tengais suerte

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#3

Opinión anónima

17.01.09

Hola. En mi opinion decirte que mi experiencia em dice que vender los equipos que ya no utilizas, es como vender un material que no es tuyo, dado que se te fue dado como subvenciçon para adquirirlos. Date cuenta que si tu lo haces, estças abriendo un camino hacia ilegalidad porque como se justifica que los equipo s a ti no te sirven y a otros si¨, creo que ustedesx quedarian muy bien donandolos a otra ONG que seguro que les hace falta, vender un equipo comprado con dinero publico no esta bien visto aunque le den la autorizacion, cosa que dudo. Para evitar problemas y vuestra imagen no sea tocada resuelvanlo regalandolos a otra ong pequeña. Esa es mi opinion, lo otro no me gusta nada.

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#4

Aportada por:

Marc Masmiquel Mendiara

Diseñador y consultor de proyectos de cooperación

Trabaja en:

Asesor particular

17.01.09

Hola Francisco,
En esta ocasión (aunque respeto y me parece razonable el conjunto de comentarios de mis colegas asesores) no comparto los puntos de vista esgrimidos.

Entiendo que al vender un material cuyo uso se ha socializado cumpliendo su función a nivel de objetivos no se incurre en ninguna incompatibilidad, sino que de hecho se potencia la utilidad social de dicha adquisición.

Respecto a si es normal, cabe plantearse si por ejemplo las administraciones públicas tienen este miramiento a la hora de hacer nuevas compras de material informático. A este nivel cabe plantearse si deontológicamente la propuesta de Francisco supone una incorrección. En absoluto, no hay ánimo de lucro, por lo que no se incurre en ninguna falta.

En otro contexto de proyectos esta práctica es realizada por el socio local, y no supone ninguna rareza, pues el equipo informático tiene una vida útil bastante corta, más aún si una vez cumplida su función permite potenciar nuevos objetivos sociales. Por lo que en este caso, creo que los motivos pragmáticos de utilidad social deben primar. Si bien, una consulta al ente financiador deja el tema resuelto, por lo que perfectamente es una posibilidad correcta y común para este tipo de proyectos. Es mejor eso, que no tener material inútil sin función social alguna. Lejos de dañar la imagen de la ONG potencia su interés en que las cosas sirvan a las personas más allá de su función inicial prevista, eso es adaptarse y seguir los fines sociales estatutarios.

En síntesis: es una salida práctica e interesante, para nada camino hacia la “ilegalidad”, sino a una conciencia más respetuosa con la vida práctica de las cosas, la sostenibilidad profunda de nuestras acciones y unos fines tangibles y reales, más allá de “lo que esté bien visto” en estos serios temas debe prevalecer la utilidad social.

Un abrazo cordial,
Marc

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#5

Aportada por:

Belmar Velasquez Rodriguez

Asesor en Desarrollo Empresarial, Empendimientos y Gestion de Proyectos Negocios Globales, Gestión de innovación Tecnológica

Trabaja en:

Asesor particular

17.01.09

Hay que realizar la consulta al donante, si hay casos en los cujales se venden vienes y se hace por divesas formsa una de ellas es un remate publico por ejemplo

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#6

Opinión anónima

18.01.09

Mira en tu contabilidad como lo estás amortizando, por ejemplo un equipo informático a 4 años, una vez que lo esté, lo pueden vender por un valor residual sin cometer ninguna irregularidad, ya que la vida útil de ese bien se da por concluida.

saludos

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#7

Opinión anónima

18.01.09

hola Francisco. yo creo que lo más sensato es preguntar al fianciador, y tal y como ha comentado, por escrito pregunta y respuesta. si os dicen que si estupendo (aunque personalmente no este muy de acuerdo), y si os dicen que no… siempre podéis aprovechar el valor de los equipos como la aportación de vuestra organización al nuevo proyecto, sumando así ese plus a la aportación real que necesariamente tendréis que aportar…, todo esto dicho sin que nos lea nadie.
un saludo,
Juan Cerezuela.

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#8

Opinión anónima

19.01.09

Estoy de acuerdo con mi compañero José María; dependerá de las bases reguladoras de la subvención y, si éstas no dicen nada, habrá que consultar al órgano concedente.-

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#9

Opinión anónima

27.01.09

Estimado Francisco:

Comparto la opinión de Antonio de que lo primero es determinar si el bien ya ha sido amortizado en su totalidad; de ser así es como si ya no existiese y cabría la venta.

En cualquier caso soy de la opinión de que ante cualquier duda lo mejor es consultar con el financiador.

Un cordial saludo.

Las consultas resueltas por los asesores de la Fundación Luis Vives no tienen carácter vinculante.

solucionesong.org
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