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Consulta formulada por:
¿Podemos vender las donaciones en especie que recibimos?
17.09.14
Hola,
En la ONG recibimos donaciones en especie que no nos sirven para nuestro propósito.
¿Es correcto si las vendemos, para luego utilizar el dinero para los fines de la organización? ¿cómo deberíamos instrumentarlo?
Un saludo y muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
17.09.14
Considero que no hay ningún problema en que lo que vosotros no aprovechéis podáis destinarlo a la venta con el fin de obtener ingresos para los fines de la asociación. Cuestión distinta sería que el donante realizase la donación con la condición que no pudiera transmitirse a terceros lo donado, pero seguro que no es el caso.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Opinión anónima
17.09.14
Como indica Juan González, no veo problema legal en realizar esa venta de algo que no os es útil. La cuestión que se plantea aquí más bien es de transparencia y de ética para realizarlo.
Si acusais recibo de cada donación que recibís, deberíais indicar en ese documento, que los donativos en especie recibidos en caso de no ser de utilidad para la asociación pueden ser enajenados (vendidos o intercambiados por otros productos) para obtener recurso económicos o bienes sí útiles para la entidad.
En el caso de que no acuseis recibo de cada donación, al menos debeis anunciar en el tabón de anuncios, página web, por email, etc. una información referente al proceder que quereis realizar.
Con esas dos precisiones, vuestro proceder estará perfectamente legitimado.
¡Ánimo y adelante!