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Consulta formulada por:
¿Podemos valorar y ofrecer aportaciones en especie a aquellas personas que colaboran con nosotros para que puedan desgravarse en su declaración?
11.02.17
Hola,
En nuestra ONG hay personas que aportan dinero y otras que aportan servicios o que ayudan puntualmente en momentos de carga de contenedor, campañas u otros momentos. ¿Se puede valorar esos trabajos y reconocérselos como aportación en especie o algo así para que puedan tener una desgravación en su declaración de renta?
Ejemplo: una empresa nos ha donado un material de riego para hacer una instalación en África, la valoración del material es de 7.000 €. Le hemos hecho un certificado por ese valor. ¿El ingeniero que nos ha hecho el proyecto gratuitamente, también podríamos valorarle ese servicio?
Las personas que han venido a clasificar el material y cargarlo en el contenedor, ¿pueden recibir un certificado por esas horas de trabajo que si no las hubieran hecho ellos tendríamos que haber contratado a otras para hacerlo?
Espero que quede claro nuestro planteamiento.
Gracias de antemano.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
13.02.17
Está claro el planteamiento, pero para que pudiera considerarse como un donativo a efectos de la Ley 49/2002 una prestación de un servicio, sería necesario que el que presta el servicio emitiese una factura y condonara su importe. No obstante esto lógicamente no interesa porque el coste fiscal es muy alto, pues deberá repercutir IVA y declararlo en su IRPF. Por el contrario, valorar directamente el servicio prestado entiendo que no es posible, pues la Ley 49/2002 habla de donativos de bienes y derechos y ese servicio, salvo que se transforme en una factura en cuyo caso surgirá un derecho de crédito, no constituye ni un bien ni un derecho, desde el punto de vista jurídico.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.