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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en proceso de constitución

¿Podemos utilizar el nombre de una persona particular en la denominación nuestra entidad?

19.12.17

Hola:

Queremos formar una entidad sin ánimo de lucro en honor a una persona particular. Nos gustaría ponerle el nombre de “Alumnos y compañeros de …”, pero no sabemos si podemos utilizar el nombre de esta persona sin pedir autorización para ello a su familia.

¿Podrían ayudarnos?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

César Valencia Rodríguez

Fundación Gestión y Participación Social

Trabaja en:

Asesor particular

19.12.17

Hola.

En el caso de asociaciones de ámbito estatal, una asociación puede llevar el nombre de una persona –e incluso su seudónimo–, pero para ello es preciso contar con la autorización del interesado o sus sucesores, tal como establece el artículo 23.2.c. del Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones (Real Decreto 949/2015):

“Artículo 23 Límites de las denominaciones

[...]
2. Tampoco será objeto de inscripción la denominación cuando ésta coincida o se asemeje de manera que pueda crear confusión:

[...]
c) Con los nombres o seudónimos de las personas físicas, salvo consentimiento expreso de las mismas o sus sucesores. Se presume prestado el consentimiento cuando la persona cuyo nombre o seudónimo figure en la denominación sea socio fundador de la asociación.”

Con el resto de asociaciones es muy probable que el criterio sea idéntico, pero habría que ir comprobando en la normativa que regula cada Registro de Asociaciones.

Un saludo

César Valencia
Fundación Gestión y Participación Social
www.asociaciones.org

solucionesong.org
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