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Consulta formulada por:
¿Podemos solicitar a terceros que nos emitan facturas sin IVA por estar nosotros exentos de dicho impuesto?
04.03.04
Actualmente estamos exentos de IVA.
Nos han prestado un servicio en una imprenta y quieren emitirnos una factura con IVA. ¿Podemos solicitarles que nos facturen sin IVA o ellos no podrían hacerlo?.
Gracias de antemano.
Respuestas
Opinión anónima
04.03.04
¡Hola JG!
Toda prestación de servicios o entraga de bienes está sujeta a IVA, excepto para los casos específicos que la ley detalla como escepciones.
El hecho de estar exentos en IVA, no implica en ningún caso que no nos puedan repercutir el IVA correspondiente a la entrega de bienes o prestación de servicios, si estos no estan exentos, estando la empresa que nos presta el servicio o nos entrega el bien, obligada a repercutir el IVA, para los exentos, no teneis derecho a la deducción del IVA, suponiendo el mismo un mayor coste de adquisición, por lo que no procede la solicitud de no repercusión, ya que es obligatorio, siendo no disponible entre partes.
Espero haber aclarado tus dudas.
Opinión anónima
05.03.04
Estimado José Guillermo:
No es posible tal y como dice mi compaéra Aurora, ahora bien si esa factura con os emiten va imputada a una actividad que se recoge dentro de la exención de IVA por vuestros fines, dicha factura incluido el IVA la asumis como un gasto y no hay posibilidad de deducirse en cuota de IVA Soportado en vuestra declaración (mensual o trimestral). Pero si es para una actividad mercantil que no esta exenta si os podeis deducir el IVA Soportado.
Espero habertre aclarado algo más tus dudas.
Un Saludo
Roberto Durán
rduran@ya.com
Opinión anónima
08.03.04
Madrid a 8 de marzo de 2004.
Señores:
En contestación a su consulta, nuestra opinión es la siguiente.
No se debe confundir el estar exento de IVA con pagarlo, con soportarlo o deducirlo. De ningún modo es posible el no pagarlo por ser una entidad sin ánimo de lucro.
Al estar exentos del IVA no significa que no deban pagarlo. Es obligación del sujeto pasivo que presta los servicios o entrega los bienes, (los proveedores), repercutir el IVA correspondiente. Para la entidad que lo soporta, este IVA, al estar exentos del impuesto, será un mayor coste del producto ya que no puede deducirlo, pero si soportarlo.
Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.
Esperamos que le sea de utilidad nuestra respuesta,
Saludos cordiales.