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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Jose A. Rodriguez

¿Podemos ser declarados de utilidad pública si somos una agrupación de voluntarios de protección civil?

07.01.12

Ante todo indicar que, por definicion, no somos ONG, pues somos una Agrupacion de Voluntarios de Proteccion Civil, por definicion, englobada como organizacion gubernamental entroncada con la Administracion Local.

La cuestios es: ¿podemos ser denominados de utilidad publica para, de esta manera, poder recibir donaciones que pueda desgravarse el donante?

Gracias de antemano y, seguid asi, sois de gran ayuda.

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

11.01.12

Jose A.,

la denominación de utilidad pública es para asociaciones. En mi opinión no puede aplicarse a ningún otro tipo de entidad.

Como agrupación posiblemente no tengais ni siquiera personalidad jurídica distinta de la Administración.

Saludos,

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#2

Respuesta del participante:

Jose A. Rodriguez

26.01.12

Aclarado.

Muchas gracias

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