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Consulta formulada por:
¿Podemos realizar terapias a domicilio con el epígrafe 952 del IAE o debemos cambiarlo?
06.02.14
Hola,
Mi consulta es para una Asociación para Discapacitados con el IAE 952. Debido a que no hay ayudas de ningún tipo nos vemos en la obligación de cobrarlas y además nos estamos planteando realizar terapias a domicilio debido a que hay una gran demanda. Ahí surge mi duda,¿podemos realizar ese trabajo con ese epígrafe?¿Debemos cambiar de epígrafe?
Los trabajadores que realizaran este trabajo serían dados de alta con un contrato por horas.
Gracias de antemano.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
07.02.14
Entiendo que sí, que no hay problema. De todas formas, a mi particularmente no me preocupa tanto el hecho de que una actividad puntual no pueda encajar en el epígrafe del IAE que tengamos, como el hecho de cumplir con las obligaciones fiscales que genere esa actividad.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Respuesta del participante:
07.02.14
Muchas gracias por sacarme de mi duda. El hecho de cumplir con las obligaciones fiscales no me preocupa ya que todo trabajador estaría con contrato a tiempo parcial y su correspondiente alta en la seguridad social, así como se tributaría por las facturas emitidas por las prestaciones de servicios