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Consulta formulada por:
¿Podemos poner en nuestra publicidad fotos de niños?
19.01.05
Estamos preparando nuevos folletos y en ellos habíamos pensado poner fotos de niños que se encuentran en un hogar de acogida en Bolivia. ¿Podemos poner las fotos de estos chavales o hay alguna ley, documento o código que nos lo impida?.
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
20.01.05
Estimado José Manuel Serrano, este es un tema delicado desde el punto de vista moral, pues legalmente no creo que para todos los países existan muchos impedimentos.Su intención es buena,eso es cierto, pero por experiencia que tengo en este campo,se que las fundaciones dedicadas a la infancia considerán una violación a los derechos del niño -en especial su intimidad y honor-el exponerlos públicamente,un ejemplo lo tiene si visita la página web de la Fundación Luz y Verdad, de Argentina.Espero haberlo ayudado en algo, hasta pronto.
Opinión anónima
20.01.05
Jose Manuel,
En españa PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA PROPIA IMAGEN, tiene su fundamento en la propia Constitución, como derecho fundamental, y su proyección legal en la L.O. 1/1982, sobre protección del derecho al honor, intimidad personal y propia imagen,
En general (ya que es un tema bastante amplio y técnico) hay que partir de la idea de que ss necesario el consentimiento expreso de la persona con los requisitos del art. 2 de la citada L.O.
Además, en caso de que sea menor el art. 3 de la citada L.O. regula la forma del consentimiento de los menores (dependiendo de la edad, deberán prestarlo los representantes legales y ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal).
En este caso de menores en un centro de acogida, yo te aconsejo que te asesores bien con un experto antes de incluir esas fotos en la publicidad, que se realice con un respeto total a sus derechos y con las garantías de legalidad de nuestro país.
En caso contrario os exponeis a las acciones legales encamindas a la salvaguarda del derecho a la imagen del menor.
Opinión anónima
20.01.05
Existen organizaciones importantes, como Unicef, que utilizan imágenes de menores para promocionarse. Desconozco los términos legales, pero puedes consultar el código de conducta de la CONGDE, con un capítulo específico sobre “imágenes y mensajes a propósito del Tercer Mundo”, y en el que se trata este tema.
http://www.congde.org/codigo_con.htm
Un saludo
Opinión anónima
20.01.05
hasta donde se no hay ninguna ley quelo impida, mientras los niños no esten en posiciones sugerentes o sinedo maltratados o se utilicen con fines de cuasar lastima
Opinión anónima
20.01.05
Aunque al final todos sabemos como van estas cosas, en teoría debería tenerse el consentimiento expreso del tutor legal de un menor. Si las fotos se realizan en otro país y se tiene el consentimiento de los responsables no suele haber problemas; UNICEF y CRUZ ROJA han utilizado este recurso a veces.
Opinión anónima
20.01.05
El derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen del menor lo protege contra la difusión de información o utilización de imágenes o nombre de los menores en los medios de comunicación que pueda suponer una intromisión ilegítima en su intimidad, honra o reputación, dice la ley española de protección jurídica del menor. Como éste no es el caso, no existe ningún problema en que los niños aparezcan en esos anuncios, incluso como protagonistas principales dado que se trata de publicidad destinada a beneficiarlos y estimular los valores solidarios de la población. Eso sí, se necesita el consentimiento del progenitor o responsable legal del menor para que pueda participar en esos anuncios.
Opinión anónima
23.01.05
El ano pasado trabaje con una ONG en Madagascar encargada de promocionar los derechos de los niños, bajo esta experiencia entendi, que es posible utilizar las fotos, siempre y cuando, los niños no puedan ser reconocidos.
Es decir, pueden ser fotos tomadas de lejos, o si son tomadas de cerca, debe ser de perfil o de alguna manera que el niño no sea identificable.
Pues ademas de la proteccion de su identidad, se debe protejer al menor de ser reconocido por alguna red pedofilica, o que esta imagen pueda ser reproducida por este tipo de organizaciones en otros medios diferentes a vuestro catalogo.