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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Podemos nosotros darnos de de baja en Hacienda y del Registro de Asociaciones aún habiendo dimitido?

18.02.14

Hola,

En primer lugar, gracias por mantener la web, durante el proceso de creación de la asociación en la que estoy consulté muchas veces las preguntas de otros usuarios y me fueron de gran ayuda.

Al grano: soy la presidente de una asociación sin ánimo de lucro que hace ahora un año tuvo un problema muy grave con el anterior presidente. Se le invitó a irse, presentó la dimisión y yo ocupé su puesto. Ahora, tenemos un problema similar con el que es ahora tesorero, pero el secretario y yo, hartos de tanta tomadura de pelo y de que las acciones del tesorero puedan afectar a nuestra imagen personal y profesional (al margen de la de la propia asociación) estamos pensando seriamente en dimitir y desvincularnos totalmente de la asociación.

Tengo entendido que tenemos que presentar la dimisión, irrevocable, por escrito. Intentaremos hacerlo en persona o si no por correo certificado. Mi duda viene sobre cómo nos aseguramos de que esta persona nos quite de Hacienda (en cuya bases de datos figuramos como Junta Directiva) y del registro de asociaciones del Ministerio, ya que no confiamos en él. ¿Podemos nosotros hacer este trámite aun habiendo dimitido o debe hacerlo la nueva Junta Directiva?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

18.02.14

Pensonándose en la Administración de la AEAT más cercana a vuestro domicilio, donde además o informarán.

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#2

Aportada por:

Jordi Gonzalez

Consultor; estrategia, marqueting y fundraising

Trabaja en:

Asesor particular

18.02.14

Estoy de acuerdo con Cesar pero el procedimiento interno de la asociación también puede ser útil para dejar constancia de vuestra decisión. Me explico: según estatutos o ley de asociaciones podréis convocar asamblea general donde podréis dimitir i hacer constar en acta vuestra decisión irrevocable. Recordar que la asamblea es la que aprueba su representación o destitución en junta directiva. Después con una copia del acta de la asamblea general podréis ir a Hacienda i al registro de asociaciones pidiendo bajo instancia que se os dé de baja de dicha asociación.
Otra posibilidad seria hacer un acto público ante notario.

Saludos

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#3

Aportada por:

Jordi Gonzalez

Consultor; estrategia, marqueting y fundraising

Trabaja en:

Asesor particular

18.02.14

Estoy de acuerdo con Cesar pero el procedimiento interno de la asociación también puede ser útil para dejar constancia de vuestra decisión. Me explico: según estatutos o ley de asociaciones podréis convocar asamblea general donde podréis dimitir i hacer constar en acta vuestra decisión irrevocable. Recordar que la asamblea es la que aprueba su representación o destitución en junta directiva. Después con una copia del acta de la asamblea general podréis ir a Hacienda i al registro de asociaciones pidiendo bajo instancia que se os dé de baja de dicha asociación.
Otra posibilidad seria hacer un acto público ante notario.

Saludos

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