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¿Podemos hacer uso de toda la dotación presupuestaria sin tener en cuenta el IVA?
26.02.13
Hola,
Tenemos una asociación sin ánimo de lucro, exenta de IVA. Nuestra actividad ha sido principalmente la realización de talleres, jornadas y actividades de un día. Los ingresos de estas actividades revertían en el pago de materiales y monitores, sin contar el IVA. Nos presentamos a la licitación para la gestión de un servicio público y en la parte presupuestaria dicen que tienes que ajustarte a una cantidad económica y tener en cuenta que un 10% es el IVA. ¿Cómo debemos enfocarlo en nuestra asociación si estamos exentos?
¿Podemos hacer uso de toda la dotación presupuestaria sin tener en cuenta el IVA?
Gracias.
Ana.
Respuestas
Opinión anónima
26.02.13
Hola Ana, que estéis exentos de IVA no quiere decir que no lo paguéis. Es decir si compras material, la compra viene incluida con IVA.
Lo que quiere decir la licitación es que si te dan 1.000 €, vamos a suponer, tienes que saber que esos 1.000 € incluyen el iva de lo que compres.
Por ejemplo si contratas un profesional. Tienes que tener en cuenta a la hora de negociar el precio, que el cobrará 1.000 € iva incluido, por lo que su factura tendrá que ser 909,09 € + 10% iva = 1000 €. Si negociais 1.000 € de bruto, la factura además subirá el iva, y la licitación no pagará ese iva, y lo tendréis que asumir vosotros, estéis exentos o no de iva.
No sé si me explicado bien.
Saludos
Opinión anónima
26.02.13
Gracias Laura, te has explicado perfectamente.
Si la licitación es por 30000 con iva incluido. ¿Entonces mi proyecto solo podria constar de gastos hasta 27000€? Era un 10% y dejan claro que el iva debes descontarlo de la partida total. Yo lo he presentado por 28000 euros y no he tenido en cuenta el IVA, espero que me dejen subsanar.
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
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Asesor particular
26.02.13
En estos casos, la exención de IVA es una ventaja porque la licitación se hace por menos importe, pero en cambio no hay posibilidad de compensar con el IVA pagado.
Atención a un detalle:
el 10% de 27.000 son 2.700 no 3.0000. Para que la cuenta te cuadre calcula que son 27.272,75, súmale ahora el 10% y tendrás los 30.000