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Consulta formulada por:
¿Podemos hacer asistencias técnicas, cobrar por ello e invertirlo en nuestros proyectos?
24.01.12
Hola somos una ONG (asociación) que hacemos cooperación tanto internacional como local. Nuestras fuentes de ingresos son subvenciones públicas y socios.
Ahora queremos diversificar la financiación debido a los recortes. Queremos hacer asistencias técnicas a empresas, particulares y administraciones públicas, y con el beneficio, subvencionar nuestros proyectos.
¿Habria algun problema legal? ¿O tenemos que crear una fundacion paralela que haga ese trabajo, y canalice los fondos a nuestra organizacion para los proyectos?
Gracias.
Respuestas
Opinión anónima
25.01.12
Si la actividad fuera exclusivamente consultorías o algo parecido, con el fin de obtener réditos económicos, si requiere otra organización paralela. Si la asistencia técnica aporta a la consecución de objetivos, ejecución de proyectos,etc. dentro de un convenio de cooperación, no hay necesidad de tener una organización paralela.
Saludos
Aportada por:
Directora de Excellere (consultora educativa sin fines de lucro) - http://excellereconsultoraeducativa.ning.com
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Asesor particular
25.01.12
Siempre que las capacitaciones o asistencias técnicas que ustedes brinden sean acordes a la misión institucional es factible que las realicen sin problemas.
Aportada por:
KALUINSTITUTE.ORG
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Asesor particular
25.01.12
Hola Javier,
La respuesta se si, podeis hacer actividades mercantiles. Pero como dicen los compañeros tienes que estar pendiente de si estas actividades están recogidas en vuestros estatutos y en el articulo 3.1 de la ley de mecenazgo. Ese articulo os lo teneis que leer entero ya que habla de que porcentaje de actividades “ajenas” podeis hacer.
Si no cumplis con esos porcentajes aun podeis hacerlo, pero perdiendo el regimen fiscal que establece la ley de mecenazgo.
El articulo esta en http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l49-2002.t2.html#a3
Es muy sano lo que vais a hacer, lo importante es no perder el norte, y esto es lo que pretende salvaguardar este articulo.
Espero te sirva.
Un saludo
Aportada por:
20 años como Directiva de ONGd- 10 años de residencia en países. Formulacion proyectos.
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Asesor particular
26.01.12
Yo añadiria algo más. Sumandome a la necesidad de que los Servicios prestados esten alineados con los fines institucionales, se suma otro princpio y es que la ganancia obtenida sea reinvertida en la actividad y funcionamiento de la entidad. Y no repartido como ganancias o beneficios entre socios.
Teniendo esto claro, esta el como hacerlo. Lo primero es saber si será la entidad misma la que ofrecera las asistencias y la que las cobrara. O las personas individuales. Si es la entidad la que factura, puede operar de varias formas: 1. Ingresando todo sin más. 2. Que destine una parte al pago de profesionales y otra al gasto general o funcionamiento. Y 3. Que haga lo anterior, pero después los profesionales firmen Certificados de donación voluntaria, no vinculada a la retribucion percibida, pero sustentada realmente por esta. Es ecir que el dinero salga. Y después vuelva a entrar con otro concepto.
No sé que límite legal- por derechos laborales tiene esto- pero es una opción.
Saludos!
Aportada por:
M. Carmen Cruces Cantos
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Asesor particular
27.01.12
Si la asistencia técnica está dentro de los objetivos de la Asociación se puede prestar, pero para ello habría que estar dado de alta en el IAE correspondiente y realizar las declaraciones de IVA.
Opinión anónima
30.01.12
Hola Javier,
Este es un modelo de financiación correcto, y hay muchos proyectos no lucrativos que optan por este tipo de soluciones, Como siempre hay que hacer las cosas bien, gestionar con transparencia y cumplir con los requisitos legales. Si quieres ver como lo hacemos en iWith.org nuestras puertas están abiertas.
Ramon Bartomeus
ramon@iwith.org