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Consulta formulada por:
¿Podemos emitir una factura sin IVA para cobrar gastos de mantenimiento de una exposición itinerante a los receptores de la citada exposición?
19.10.07
Somos una ONG que no hace declaración de IVA porque todas nuestras actividades son exentas segun la ley 49/2002. Normalmente no emitimos ningún tipo de factura, pero una Universidad nos solicita una factura por el importe que le cobramos por los gastos de mantenimiento de una exposición itinerante que van a utilizar, ¿podemos emitir una factura sin IVA y por lo tanto seguir sin hacer declaración del impuesto del IVA?
Muchas gracias.
Respuestas
Suficiente
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
23.10.07
La Ley del IVA señala los supuestos de entrega de bienes o prestaciones de servicios exentos del impuesto, sin que la actividad que citáis tenga encaje, según veo, en alguno de ellos, circunstancia por la cual si emitís factura deberá llevar IVA.
Lo único que cabría es que en lugar de factura, emitáis simplemente un jusficante de pago o recibí, en el que no incorporéis IVA; no obstante, el hecho de que el recibí no lleve IVA, no implica que la Agencia Tributaria, en caso de inspección o comprobación, os pudiese exigir el IVA que en todo caso estáis obligados a repercurtir.
Juan González Martín-Palomino.
gonzalezpalomino@icacr.com