Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Laura Botella Legorburo

¿Podemos crear nuestro modelo de condiciones de uso de servicios ofrecidos o debemos atender a alguna normativa?

22.05.18

Hola,

Nuestra entidad presta servicios de atención social a personas muy diversas. Estamos en proceso de actualizar algunos protocolos, y nos hemos dado cuenta de que necesitaríamos un “contrato de condiciones de prestación de servicios” para el área de atención social, ya que en ocasiones se da un mal uso o abuso del servicio que perjudica al buen funcionamiento del mismo.

La duda que nos surge es si tenemos que tener en cuenta alguna normativa al respecto, o si cada entidad puede crear su propio modelo de condiciones de uso de los servicios que ofrece. Nuestros programas de atención son subvencionados, pero en las bases de las convocatorias de subvención no se especifica nada al respecto, por lo que no sabemos en qué podemos ampararnos legalmente a la hora de, por ejemplo, vetar el acceso al servicio en casos muy particulares.

Por otro lado, entendemos que las personas usuarias cuentan con la “hoja de reclamaciones” en caso de no estar satisfechas con la atención recibida.

Un saludo y gracias de antemano.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Concepción Far

CF Consejeros

Trabaja en:

Asesor particular

12.06.18

Buenas tardes:
Todo se puede contractuar siempre y cuando no vaya contra la ley. En vuestro caso, por lo que he entendido de la explicación, se trataría de una prestación de servicios, por lo que la normativa aplicable podría ser un combinado entre el código civil, la ley de asociaciones, y otra normativa, dependiendo de lo que queráis regular, ( si se trata de un delito, de un ilícito administrativo, o simplemente de una conducta incorrecta ). En cualquier caso, podéis establecer un modelo de condiciones, pero no ha de vulnerar ninguna norma jurídica. No sé si os ha sido de ayuda. :)

solucionesong.org
Un proyecto de