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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Héctor Chitiva

¿Podemos constituirnos como Asociación en España y desarrollar nuestra funciones en Colombia?

20.07.11

¿Una ONG de carácter asociación en España, puede tener representación en Colombia para desarrollar sus funciones en este país o debe constituirse legalmente a nivel local como ONG con las mismas características y funciones?

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

21.07.11

Si la actividad que vais a desarrollar en Colombia es puntual, podrá desarrollarse directamente por la asociación española.

Ahora bien, si la actividad o el proyecto es estable o duradero cabrían dos posibilidades:

- Constuir una delegación en Colombia de la Asociación Española.

- Consituir una asociación nueva en Colombia con su propia personalidad jurídica.

La primera de las opciones es la más sencilla y directa, siempre que la legislación colombiana contemple la figura de las delegaciones de asociaciones extranjeras, tal como lo hace el artículo 25.10.b) de nuestra Ley de Asociaciones (Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo).

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Opinión anónima

25.07.11

Hola Héctor,

Estoy de acuerdo con mi compañero Juan. Sólo se tiene la obligación de abrir una delegación o constituir una asociación independiente, si se pretende actuar de forma estable o duradera en el país extranjero, en este caso Colombia.

Un saludo,
Salvador

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#3

Respuesta del participante:

Héctor Chitiva

06.08.11

solucionesong.org
Un proyecto de