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Consulta formulada por:
¿Podemos constituirnos como Asociación en España y desarrollar nuestra funciones en Colombia?
20.07.11
¿Una ONG de carácter asociación en España, puede tener representación en Colombia para desarrollar sus funciones en este país o debe constituirse legalmente a nivel local como ONG con las mismas características y funciones?
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
21.07.11
Si la actividad que vais a desarrollar en Colombia es puntual, podrá desarrollarse directamente por la asociación española.
Ahora bien, si la actividad o el proyecto es estable o duradero cabrían dos posibilidades:
- Constuir una delegación en Colombia de la Asociación Española.
- Consituir una asociación nueva en Colombia con su propia personalidad jurídica.
La primera de las opciones es la más sencilla y directa, siempre que la legislación colombiana contemple la figura de las delegaciones de asociaciones extranjeras, tal como lo hace el artículo 25.10.b) de nuestra Ley de Asociaciones (Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo).
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Opinión anónima
25.07.11
Hola Héctor,
Estoy de acuerdo con mi compañero Juan. Sólo se tiene la obligación de abrir una delegación o constituir una asociación independiente, si se pretende actuar de forma estable o duradera en el país extranjero, en este caso Colombia.
Un saludo,
Salvador