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Consultas Online

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Consulta formulada por:

José Luis García Gascón

¿Podemos constituir nuestra asociación con una jerarquía horizontal-participativa-asamblearia?

05.10.11

Estamos realizando un proyecto participativo en un municipio y queremos constituirnos como asociación para poder optar a subvenciones, facturar, etc, pero queremos saber si es posible hacerlo con una jerarquía horizontal-participativa-asamblearia, algo alternativo a las asociaciones convencionales con una jerarquía vertical, presidente, secretario, tesorero, con estatutos muy cerrados que resta agilidad y va en contra del propio proceso participativo/colectivo.

Quisiéramos saber qué limitaciones tendríamos o conflictos con la legislación vigente y si existen ejemplos de otras organizaciones que funcionen así.

Muchísmas gracias!!!

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Respuestas

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#1

Insuficiente

Aportada por:

Jorge Ignacio Mata Arribas

Jorge Mata Arribas. Consultor de Empresas www.jma-asesores.com

Trabaja en:

Asesor particular

06.10.11

Estimado José Luis

La verdad es que la legislación deja pocas opciones a la hora de hacer este tipo de organizaciones. Ten en cuenta que la razón de que exista tanta rigidez burocrática es precisamente para asegurar la correcta aplicación del proceso democrático de cualquier colectivo.

Lo que más se parece a lo que comentas es una Federación de Asociaciones, en la cual sería necesario crear una Asociación para cada uno de los equipos de trabajo en los que queráis orientar vuestra actividad.

Salvo mejor opinión. Saludos,

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#2

Respuesta del participante:

José Luis García Gascón

21.10.11

En primer lugar, una vez más por el valiosísimo servicio y apoyo que nos realizáis.

Eso sí, esta vez, con esta consulta y la respuesta de Jorge Ignacio, lo cierto es que no estamos nada contentos . Tras su respuesta, investigamos por nuestra cuenta a fondo y toda la legislación vigente sobre estatutos de asociaciones (ley nacional y en nuestro caso la andaluza) dispone libremente la mayor parte de las estructura y funciones a la voluntad de las personas que conforman la asociación. Podríamos argumentarlo con la legislación delante.

De manera que este asesor ha errado, desde nuestra investigación, en su respuesta. Además, ningún otro asesor contestó en esta ocasión, con lo que su respuesta quedó como la única…

Nos gustaría que se invalidara su respuesta y se explicara bien y detalladamente la realidad; esto es, que la legislación permite realizar, con algunas orientaciones, prácticamente todo tipo de estructuras y funciones siempre y cuando se respete la legislación general del país (calidad democrática, derechos humanos, Constitución, etc). Es posible, por consiguiente, realizar unos estatutos que no tengan una Junta Directiva piramidal. Es posible una asociación sin presidente y sólo con un equipo de vocales, que podrían ser incluso todos los socios…

Gracias y esperamos que se pueda hacer algo para enmendar la equivocación.

Un abrazo y muchas gracias por su labor y apoyo una vez más. José Luis.

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