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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Rosana Luis Geras

¿Podemos bonificar las cuotas de la seguridad social de esta trabajadora?

10.12.15

Hola,

Tenemos una trabajadora con un contrato temporal que finaliza el 18/12/2015, tenemos otra trabajadora que está embarazada y que va a solicitar la prestación por Riesgo durante el embarazo (a través de la mutua) previsiblemente se la concederán en Enero de 2016 (cuando cumpla las 22 semanas de gestación), nos gustaría poder realizar un contrato de sustitución a la trabajadora cuyo contrato finaliza el 18/12/2015, esta trabajadora estará desempleada e inscrita como demandante de empleo,

¿Podemos bonificar las cuotas de la seguridad social de esta trabajadora?

Un saludo y muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

01.01.16

Estimada Rosana: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, la cuestión que nos traslada viene dada por la formalización de un contrato de interinidad que se celebra con personas desempleadas para sustituir a una trabajadora por maternidad y si cabe la posibilidad de bonificar las cuotas de la seguridad social de la trabajadora por cuenta ajena objeto del contrato de interinidad o de sustitución.
Al respecto, por medio del presente le remito en archivo adjunto pdf., un Cuadro Resumen de la normativa vigente de Bonificaciones/Reducciones a la Contratación Laboral, de noviembre de 2015, elaborado por SEPE, donde podrá comprobar en la página 10 de dicho archivo la reducción que se establece para el contrato de interinidad por maternidad.
Espero haberle ayudado.
Un cordial saludo y Feliz Año 2016.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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