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Consulta formulada por:
¿Podemos aprobar este cambio de la Junta Directiva si no está incluido en el orden del día?
30.10.17
Hola:
Pertenezco a una Asociación de jubilados y tenemos una duda legal. Nuestro presidente es algo mayor y no tiene disponibilidad completa. Como miembro de la Directiva, yo le propuse una permuta durante la cual yo me haría cargo de la presidencia y el ocuparía mi puesto de vocal. Toda la directiva se mostró de acuerdo al respecto.
El próximo día 10 tenemos una Asamblea general donde pensábamos presentar el cambio, pero nos surge un problema. En su día se emitieron todas las circulares a cada uno de los socios y no da tiempo de volver a emitir una nueva circular con un nuevo orden del día. Yo pensaba que en ruegos y preguntas podíamos anunciar el cambio para la aprobación del cambio.
Pero un compañero sindicalista dice que la forma que queremos utilizar es ilegal por no estar aprobado en la orden del día.
Si fuera posible su aclaración.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion
Trabaja en:
Asesor particular
30.10.17
Hola,
la norma general es que en las reuniones no se pueden aprobar cuestiones que no estén en el orden del día para que los convocados puedan decidir si asisten o no dependiendo de los asuntos a tratar.
De todas formas los acuerdos de la asamblea son válidos si nadie los impugna, o sea que una opción es, si no hay oposición, aprobarlo sin más y esperar que nadie lo impugne.
Otra opción es que te nombren vicepresidente y sustituir al presidente siempre que sea necesario. Esto tiene los mismos efectos, es más simple y tiene menos trascendencia.
Saludos,
Opinión anónima
30.10.17
La legislación autonomía suele arrojar luz sobre este tipo de “vacíos” que deja la Ley Orgánica del Derecho a Asociación. ¿A qué comunidad autónoma pertenece la asociación?
También puede venir algo recogido en los estatutos.
Un saludo