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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Carlos Nicolás Martínez

¿Podemos aplicar esta retención en la factura de este servicio?

06.02.18

Hola:

Somos una fundación e impartimos un programa educativo en institutos de secundaria. Estamos exentos de declarar IVA. En cada instituto les facturamos una cantidad simbólica por implementar del programa educativo.

Hasta ahora, ningún instituto nos había pedido que aplicásemos ninguna retención en factura. Pero ahora nos los han pedido, diciendo que la Consejería de Educación les obliga.

¿Estamos obligados realmente a aplicar esa retención en la factura? Si estamos obligados, ¿podremos deducir esa retención en el impuesto de sociedades?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

07.02.18

No entiendo muy bien la consulta. No obstante, señalar que si la fundación es quien emite la factura, por un servicio prestado a la Consejería de Educación, esa factura no deberá llevar retención. Cuestión distinta es que la factura la emitiera un profesor persona física, en cuyo caso sí llevaría Por lo tanto, si la factura la emite la fundación por un servicio prestado, no es posible que la factura lleve retención.

Supongo que ese es el sentido de la consulta.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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