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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Rosa Bayarri Romar

¿Podemos alguno de los profesionales contratados, siendo socios, ocupar esos cargos para salvar la situación irregular?

26.02.16

Hola,

La Junta Directiva de nuestra entidad ha dejado sus cargos por no renovación en la Asamblea General y en la misma no se han presentado candidatos, se ha dado un plazo de un mes para solventarlo en asamblea extraordinaria, pero nadie se presenta ni para Presidente ni para otros cargos importantes. ¿Podemos alguno de los profesionales contratados, que además somos socios, ocupar esos cargos para salvar la situación irregular? Nuestros estatutos no prohíben expresamente que un miembro de la Junta Directiva sea remunerado por trabajo diferente al de su cargo. Somos una asociación declarada de utilidad pública, ¿se vería esta condición afectada?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Francisco Rodríguez

Asesor de gestión, Fundraising y economia social

Trabaja en:

Asesor particular

29.02.16

Buenas tardes,
Los trabajadores/as podéis ser miembros de la junta sin problemas, mi recomendación es que forméis una candidatura y la presentéis en esa asamblea extraordinaria, y así salís del apuro por el momento.
En cuanto a la declaración de utilidad pública, no os debería perjudicar si en informe anual poneis bien claro los cargos que cobran un salario y en concepto de qué.

Espero haberos ayudado
Un saludo
Francisco Rodríguez
fr.synapsis@gmail.com

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#2

Opinión anónima

29.02.16

Hola Rosa,
Coincido con Francisco.
En vuestro caso, como Asociación declarada de utilidad pública, subrayar el art. 32.c de la Ley 1/2002
“Que los miembros de los órganos de representación que perciban retribuciones no lo hagan con cargo a fondos y subvenciones públicas.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, y en los términos y condiciones que se determinen en los Estatutos, los mismos podrán recibir una retribución adecuada por la realización de servicios diferentes a las funciones que les corresponden como miembros del órgano de representación.”
Es decir, mirad la redacción de vuestros Estatutos y cuidad de que el origen de los fondos para pagar vuestras facturas no vengan de subvenciones públicas.
Espero haber despejado tus dudas.
Saludos
Salvador
puche29consultoria

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#3

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

29.02.16

Rosa,

Legalmente no hay ningún problema en lo que dices. Con la seguridad social puede haber algún cambio porque el presidente representa a la empresa y a él mismo como trabajador lo que supone un conflicto de intereses.

Saludos,

solucionesong.org
Un proyecto de