Consultas Online
Consulta formulada por:
ONG en proceso de constitución
¿Podéis facilitarnos un modelo de estatutos de fundación que nos sirva de modelo?
29.10.14
Hola,
¿Podríais por favor facilitarme un enlace con estatutos de alguna fundación que me sirva de modelo?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Especialista en Fundaciones, www.abogadodefundaciones.com
Trabaja en:
Asesor particular
29.10.14
Hola, modelos hay muchos y los propios protectorados los tienen en sus páginas web, pero para aconsejar bien seria bueno conocer mucho mas que fines, actividades, que tipo de control se quiere llevar, etc. Los estatutos de una fundación no pueden hacerse como un contrato tipo de alquiler, por ejemplo. Va a ser vuestra constitución, vuesto dni, y eso no se resuelve con generalidades.
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
29.10.14
Hola,
En la web de la Asociación española de fundaciones encontrarás la información.
Copio el link: “Texto del enlace…”:http://www.fundaciones.org/es/que-es-fundación
Saludos, Eva
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
02.11.14
En relación con la consulta planteada, paso a informarles lo siguiente: en primer lugar, comparto los criterios que les traslada mi compañero Ramón, el cual, como bien refiere, no puede entendese los estatutos de una fundación como si fuera un modelo de contrato de arrendamientos urbanos, valga el ejemplo. Y es que una fundación es una organización sin fin de lucro que, por voluntad de sus creadores, tiene afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general y cuyos beneficiarios son colectividades genéricas de personas.
Entre los fines de interés general que puede una fundación perseguir se encuentran, entre otros, los de defensa de los derechos humanos, de las víctimas del terrorismo y actos violentos, asistencia social e inclusión social, cívicos, educativos, culturales, científicos, deportivos, sanitarios, laborales, de fortalecimiento institucional, de cooperación para el desarrollo, de promoción del voluntariado, de promoción de la acción social, de defensa del medio ambiente, de fomento de la economía social, de promoción y atención a las personas en riesgo de exclusión social, de promoción y atención a las personas en riesgo de exclusión por razones físicas, sociales o culturales, de promoción de los valores constitucionales y defensa de los principios democráticos, de fomento de la tolerancia, de desarrollo de la sociedad de la información, o de investigación científica y desarrollo tecnológico.
Las fundaciones se rigen por la voluntad del fundador, por sus estatutos y, en todo caso por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
No obstante lo dispuesto, a título orientativo y para vuestro conocimiento, les reenvío el link de enlace http://www.fundaciondelcorazon.com/images/stories/la-fec/estatutos/estatutos-fec.pdf, de una conocida fundación española.
Espero haberles ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com