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Consulta formulada por:
¿Podéis explicarnos qué retención tenían que habernos hecho en un alquiler?
11.06.12
El año pasado tuvimos un local alquilado para todas nuestras gestiones, ahora nos han llamado desde la asesoria del arrendador que tenemos que pagar el 19% a hacienda de ese dinero que pagamos de renta.
Alquilamos a nombre de la Asociación y llamamos a Hacienda y nos comentan que tenenos que pagar pero que nos tenía que haber retenido ese porcentaje.
¿Me podrían explicar mejor este tema? no sabiamos nada y el arrendatario no nos avisó.
Muchas gracias, saludis
Respuestas
Aportada por:
Economista - Asesor Fiscal
Trabaja en:
Asesor particular
12.06.12
Raquel:
La mecánica económica de los arrendamientos es la siguiente.
Supon que acuerdas un arrendamiento de 1.000 euros al mes. La totalidad a pagar por el arrendamiento será:
Alquiler 1.000
+ IVA 18 % 180
- Retencion 19 % -190
Total a pagar 990
Tu deberás de pagar 990 euros al propietario. Pero, ademas, deberás ingresar en hacienda 190 euros por la retención. En total pagarás 1.180, que corresponden al acuerdo de 1.000 mas el IVA 180 (18%).
Con esta información, hay que ver cuál es el acuerdo del arrendamiento al que llegasteis con el propietario. Lo indicará el contrato de arrendamiento.
Un saludo
Jose Luis
Aportada por:
Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's
Trabaja en:
Asesor particular
12.06.12
Coincido con José Luis, ese es el procedimiento, otra cosa es ver el acuerdo al que llegastéis y de que manera os remitían las facturas.
Saludos,
Mariano Romero
info@cuadre-dyg.org
Respuesta del participante:
13.06.12
Gracias por la información, el arrendador no nos retuvo nada, incluyó un supuesto pago de la comunidad (en una de las clausulas exponia que NO iba incluida)para que le cuadrará la cantidad que habiamos acordado.No se si habrá alguna forma legal de arreglar esto, se que nuestra obligación es pagar este impuesto.El pago se efectuó por adelantado y un año entero.¿¿Hay que presentar varios modelos 115 ??
Gracias de nuevo, saludos
Aportada por:
Economista - Asesor Fiscal
Trabaja en:
Asesor particular
13.06.12
Raquel:
El problema es el siguiente. El obligado a retener es el inquilino. Por lo tanto hacienda te exige que le ingreses la retención, por medio del 115. Deberas presentar tambien el 180 (es una declaracion informativa) y enviarle al propietario el 10-I.
(NOTA: Es facil que este ingreso lleve una sanción, a la que tendreis que hacer frente)
Pero, atención. La retencion se ingresa en hacienda, porque no se paga al propietario.
Como te indicaba antes, hay que analizar el acuerdo de arrendamiento y lo que se ha pagado al propietario.
¿Lo que se tenía que haber retenido e ingresado en hacienda, se le ha pagado al propietario?. En este caso hay que pedirselo al propietario.
Un saludo (y sigo estando a tu disposicion)
Jose Luis
Opinión anónima
13.06.12
Raquel,
Por la experiencia que tengo en esto, te puedo contar que más vale tener las cuentas claras con hacienda. Ahora bien, te cuento.
Fíjate en la factura/recibo del alquiler. Si no especifica NADA de Retención IRPF al 19% tú no debes pagar nada a hacienda. Es decir, si lo que indica son gastos de comunidad o cualquier otro concepto que no indique nada de IMPUESTOS, entonces no te lo ha descontado y debe pagarlo él.
Mi ejemplo es que tenemos dos locales en alquiler, en uno no nos descuentan el IRPF y en el otro sí, y tras consultar a hacienda nos dijeron que sólo teníamos que declarar el que nos descontaban el IRPF, que del otro no porque no se había descontado. Y llevamos ya años pagando sólo uno…
Espero haberte ayudado.
Slds
antonio
Opinión anónima
26.06.12
muchas gracias por las respuestas y las experiencias conpartidas
saludos