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Consulta formulada por:
¿Podéis explicarme cómo debemos tramitar la reducción del IRPF para la contratación de una persona con discapacidad?
02.07.07
Estamos realizando una contratación a una persona con un 43% de discapacidad. En concreto se trata de un contrato indefinido a jornada completa y hasta ahora no han sabido informarme en Hacienda ni en otros organismos sobre cómo debemos tramitar la reducción del IRPF.
Algunas de las cosas que se recogen en esta web http://www.discapnet.es/Discapnet/Castellano/Empleo/Incentivos/IRPF/irpf_001.htm son las siguientes;
‘Una de las novedades que introduce la Ley de IRPF respecto al tratamiento de las rentas del trabajo, es el incremento de las reducciones aplicables a los rendimientos del trabajo en los casos de trabajadores activos discapacitados:
Grado de minusvalía igual o superior al 33% e inferior al 65%. Reducción por discapacidad de trabajadores activos: 2800 euros’
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Funcionaria de la AEAT en excedencia y asesora fiscal ,contable y laboral en la actualidad.
Trabaja en:
Asesor particular
02.07.07
Buenas tardes.Las reducciones en los rendimientos del trabajo se las aplicará el trabajador discapacitado en su declaración de la renta pero no se trata de ninguna tramitación específica que haya de reconocer ningún organismo público.
Respuesta del participante:
02.07.07
Muchas gracias.
Queremos que el trabajador esté bien informado al respecto. ¿Esta reduccion el la puede pedir por derecho cuando haga su declaración de la renta?. Nos gustaria saber cuales son los requisitos que necesita para que se le apliquen estas reducciones.
Muchas gracias.
Aportada por:
Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc
Trabaja en:
Asesor particular
02.07.07
A los trabajadores hay que efectuarles una retencion en la Nomina mensual,. en funcion del nivel salarial, tipo de contrato, situacion familiar, descendientes, ascendientes, grado de discapacidad, etc
Esta retencion tiene la consideracion de Pago a cuenta del IRPF y despues cuando el trabajador efectue su Declaracion anual del IRPF (Declaracion de Renta) debe cumplimentar todos los datos identificativos, personales, de Minusvalia, descendientes, etc etc que tenga y que si es requerido pueda acreditar documentalmente
Saludos
Ramon Pamies
Aportada por:
Funcionaria de la AEAT en excedencia y asesora fiscal ,contable y laboral en la actualidad.
Trabaja en:
Asesor particular
03.07.07
BUENOS DÍAS . INDEPENDIENTEMENTE DE LAS RETENCIONES QUE SE LE EFECTUEN MENSUALMENTE EN LA NOMINA AL TRABAJADOR EN FUNCIÓN DE SUS RETRIBUCIONES Y DE SU SITUACIÓN PERSONAL, EL TRABAJADOR A LA HORA DE REALIZAR SU DECLARACIÓN DE RENTA CONSIGNARÁ EN EL APARTADO HABILITADO AL EFECTO EL GRADO DE MINUSVALIA Y EN FUNCIÓN DEL MISMO SE APLICARÁ LA REDUCCION PERTINENTE A LA QUE TENGA DERECHO
Opinión anónima
05.07.07
Estimada Marian,
La reducción que comentas es en beneficio directo del trabajador. Es posible que por su nivel de ingresos no tenga obligación de realizar la declaración de IRPF, pero en todo caso es importante que compruebe si le interesa realizar la renta del próximo años para poder gozar de devoluciones.
Comentarte brevemente que la Ley 43/2006 para la mejora del empleo establece unas bonificaciones empresariales muy altas a la contratación indefinida de personas con discapacidad.
Salvo mejor criterio,
Manuel Herrero, GESLEX Abogados.