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Consulta formulada por:
¿Podéis darnos pautas para saber cómo debemos realizar convenios de colaboración?
03.07.14
Hola,
Mi nombre es Elena Rumbo, Subdirectora de Asfam Extremadura, una entidad privada sin ánimo de lucro que se constituyó en marzo de este año. Asfam es una entidad autonómica que pretende incrementar la calidad de vida de las familias extremeñas, atendiendo a las mismas en función de su situación socioeconómica.
Nuestras líneas de actividad son servicios profesionales compuesto por un equipo social multidisciplinar. Asimismo, queremos optar a financiación pública para aquellos colectivos en riesgo o en situación de exclusión social o colectivos vulnerables.
Para cubrir todas las necesidades de las familias, pretendemos realizar convenios de colaboración con entidades públicas o privadas y empresas o profesionales individuales.
La entidad en estos meses ha ido cogiendo forma y fondo a través de un curso de emprededoras y asesorías en Fundación Mujeres.
¿Cómo realizamos los convenios de colaboración?
Gracias.
Elena.
Respuestas
Aportada por:
Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion
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Asesor particular
03.07.14
Elena,
No entiendo bien si preguntas por el marketing o por la forma legal. Perdona que te dé una respuesta simple pero algunas veces hay que ir a la base.
Por una parte tienes que saber lo que ofreces y lo que pides, después encontrar a alguien que le interese, reflejarlo por escrito, y por fin hacer lo que se haya acordado.
Si esto se hace con imaginación y sentido común además de con trabajo y ganas es posible que te vaya bien. También es posible que no aciertes a la primera, no hay que desanimarse a la primera pero tampoco hay que empeñarse en algo que no interesa a nadie.
Estoy seguro que no te digo nada nuevo, solo quiero animarte a que busques tu camino y no recetas mágicas.
Saludos,
Aportada por:
Blanca Herrero de Egaña Muñoz-Cobo
BENEFACTOR (www.benefactor.es) Soluciones innovadoras para la gestión sostenible de entidades sin ánimo de lucro. Identificamos y ayudamos a desarrollar potencial para un mundo mejor.
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Asesor particular
03.07.14
Buenos días Elena,
Estoy de acuerdo con todo lo que os dice mi compañero Valentín;
Si tratamos de ir a lo práctico, haría un listado de todas las entidades públicas y privadas de vuestro ámbito de actuación con las que pudierais tener algo en común, alguna complementariedad o alguna sinergia: desde administraciones locales, hasta colegios, AMPAS, Asociaciones de vecinos, de mujeres, otras ONG, parroquias, sindicatos, universidad…
Los convenios podrían ser desde muy genéricos, es decir convenios en los que se declararan los puntos en común y la voluntad de colaborar, aunque esta nos e concretara mucho (por ejemplo, en la difusión de actividades y recursos, etc.) o convenios concretos para la cooperación en actividades y proyectos reales, con la descripción e estas y las obligaciones y derechos que asumen las partes.
A veces los acuerdos genéricos parece que no sirven para nada, pero en realidad es una forma de conocer otras entidades y de darse a conocer, y de poner de forma sencilla, una primera piedra a potenciales colaboraciones futuras con más contenido.
Os deseo mucho mucho ánimo y muchísima suerte con todo!
Blanca
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
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Asesor particular
05.07.14
Estimada Elena: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: inicialmente, debemos de partir de que las asociaciones están dentro del ámbito del Derecho civil, encontrándose las cláusulas de un convenio entre entidades privadas sometidas al principio de autonomía de voluntad de las partes, conforme al artículo 1255 del Código Civil, no existiendo, por consiguiente, un modelo tipo de convenios.
No obstante lo dispuesto, si pudieramos adentrarnos en una definición de qué es un convenio de colaboración y en un formulario legal, en primer lugar, dicho instrumento contractual se entendería como el acuerdo de participar de las partes intervinientes de forma conjunta en el desarrollo de una o más actividades de interés común, siempre que se encuentren comprendidas dentro de las competencias de cada una de aquellas.
Igualmente, los convenios de colaboración deberían contener, al menos, los siguientes elementos:
Partes concertantes:
Debería indicarse, de forma expresa, los datos identificativos de las entidades y de la responsabilidad, cargo o poderes que ostentan los firmantes.
Exposición de motivos
Con carácter general, deben exponerse los siguientes aspectos:
- Fines de las entidades firmantes en relación con el objeto del convenio.
- Razones y circunstancias que motivan la colaboración.
Clausulado
Con carácter general, el texto del convenio deberá contener los siguientes extremos:
- Descripción del objeto del convenio, incluyendo los objetivos y ámbitos
materiales del régimen de colaboración.
- Actuaciones a desarrollar por cada una de las partes intervinientes.
- Compromisos de aportación de medios personales y materiales, así como de recursos financieros que asume cada una de las entidades firmantes.
- Plazos de ejecución de la actividad.
- Mecanismos de seguimiento de la ejecución del contenido del convenio.
- Plazo de vigencia, incluyendo el momento de entrada en vigor, posibilidad de prórroga y su mecanismo.
- Modo de denuncia y solución de controversias.
- Previsión sobre las actuaciones en curso para los casos de extinción del convenio.
- Carácter privado del convenio y sometimiento a la Jurisdicción Civil de las cuestiones litigiosas que puedan suscitarse respecto de su contenido y aplicación
Tipos de convenios de colaboración
Se establecen tres tipos de convenios cuya formalización responde a la voluntad de las partes intervinientes de dejar constancia de su intención de mantener una
colaboración de mutuo interés.
- Convenio Ordinario: Establece los términos a través de los cuales las partes involucradas llevarán a cabo un proyecto determinado, incluyendo responsabilidades y actuaciones específicas.
- Convenio Marco: Su objeto es establecer un espacio de colaboración para el desarrollo de acciones conjuntas que, posteriormente, se concretarán a través de la suscripción de uno o varios convenios específicos.
- Convenio Específico: Es aquel que desarrolla un Convenio Marco. Podrán adoptar también la denominación de Addenda, Anexo, Protocolo, etc. Estos se regirán por su propio clausulado respetando, en todo caso, las disposiciones del Convenio Marco del que derivan, aludiendo al mismo en su redacción.
A tal efecto, le remito en archivo adjunto un modelo de convenio de colaboración entre una entidad privada y una entidad local para que le pueda servir de guía en la formalización de cualquier convenio con entidad pública, e inclusive privada.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com
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