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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Eva Carmona

¿Podéis asesorarnos sobre las posibilidades de emitir una demanda por competencia desleal?

08.11.06

Nuestra asociación se dedica a la atención, asesoramiento e intervención terapéutica con niños y familias con dificultades evolutivas y/o socioeducativas. Dos de las trabajadoras que teníamos contratadas indefinidamente cesaron voluntariamente sin dar preaviso de ningún día, quedando de esta forma muchos usuarios si poder ser atendidos.

En el plazo de una semana a partir del cese estas dos personas han abierto un centro y se han puesto en contacto con las familias que acudían a nuestros servicios. El caso es que 14 familias prescinden de nuestros servicios para acceder al suyo. Evidentemente no contactaron con familias que no pueden pagar el servicio y a las cuales se las atiende gratuitamente o a un precio simbólico.

El daño provocado tanto a nivel moral como a nivel económico nos parece importante y pedimos asesoramiento sobre las posibilidades de demandarlas por competencia desleal.

Gracias de antemano,

Eva Carmona

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

08.11.06

Lo primero que te preguntaria es que tipo de contrato tiene y a que regimen etaban acogidas. Si es laboral si tenia clausula de exclusividad o no. Os recuerdo que vivimos en un mercado libre y es importante las clausulas contractuales, ya que si no tenian excluvidad en el cargo y no habeis hecho ningun tipo de convenio de politica de confidencialidad de datos creo que es dificil. Os ruego que me indiqueis estos factores.

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#2

Respuesta del participante:

Eva Carmona

08.11.06

Gracias por responder Rogelio.

Efectivamente será difícil ya que no tomamos ningún tipo de precaución contractual en relación a temas de confidencialidad i/o exclusividad. Se trataba de un contrato laboral indefinido a media jornada. El convenio vigente era el de enseñanza no reglada y las categorías eran de instructora y educadora social respectivamente.

Otro dato que podría ser importante es que a la mayoría de estos clientes se les tramitaba una beca de educación especial que concede anualmente el ministerio de educación.

Nuestro interés es seguir atendiendo satisfactoriamente a los niños y sus familias, por ello no hemos intentado retener a nadie. Pero tememos que los actos de desviación de clientela contínuen y tenemos una sensación de cierta indefensión. Nuestro deseo es ejercer algun control sobre el proceso que estamos viviendo, siempre y cuando se traten de actos éticos y legales.

De nuevo, gracias de antemano

Eva Carmona

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#3

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

07.12.06

El artículo 8 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece y regula los datos relativos a la salud señalando que sin perjuicio de lo que se dispone en el artículo 11 respecto de la cesión, las instituciones y los centros sanitarios públicos y privados y los profesionales correspondientes podrán proceder al tratamiento de los datos de carácter personal relativos a la salud de las personas que a ellos acudan o hayan de ser tratados en los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación estatal o autonómica sobre sanidad.

Fuera de estos casos, es preciso el consentimiento expreso de los titulares de los datos o la existencia de una Ley que permita el tratamiento de dichos datos.

Es decir, que a parte del posible conflicto que señalan ustedes, deberían ver si ha habido un uso indebido de datos especialmente protegidos.

Encontrarán más información en https://www.agpd.es
Si optan por presentar una queja
https://www.agpd.es/upload/Canal_Ciudadano/Modelos/mod_e_denuncia.pdf

En cualquier caso, si no tienen sus ficheros inscritos en la Agencia de Protección de Datos, deberían avanzar en ese sentido.

solucionesong.org
Un proyecto de