Consultas Online
Consulta formulada por:
¿Podéis aclararnos si es ilegal que mantengamos la relación laboral con este trabajador?
02.09.13
Hola,
Somos de una asociación de atención a personas con discapacidad que tiene contratado al personal a través de una prestación de servicio. Resulta que uno de los trabajadores ha sido despedido de la empresa prestadora del servicio por motivos que son ajenos a nuestra entidad y nuestro servicio. Nosotros estamos contentos con el trabajador y deseamos continuar la relación laboral. El caso es que la empresa prestadora de servicio nos amenaza con denunciarnos a nosotros y a la trabajadora, dice que lo que queremos hacer es ilegal.
Este trabajador empezó a trabajar con nosotros a través de la empresa prestadora de servicio, no había una relación de ningún tipo anterior a prestar el servicio. Tampoco tenemos firmado un contrato o convenio donde especifique que el personal que nos presta los servicios solo puede mantener relación laboral a través de dicha empresa de servicios. Ni la trabajadora tiene firmado una clausula de exclusividad.
No queremos meternos en problemas, pero tampoco queremos actuar por miedo, ¿qué hay de cierto en que sea ilegal lo que pretendemos hacer?
Gracias
Respuestas
Muy buena
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
03.09.13
Hola
Como bien dices la relacion laboral la mantenia con la subcontrata. Desconozco los motivos por los q la han despedido pero a vosotros no os une ningun vinculo juridico con la persona sino con la empresa prestadora de servicios.
Podeis informaros q ha ocurrido para q se produzca el hecho y si quereis ayudarla y podeis entonces podeis hacerle un contrato laboral.
Por otro lado no se si la persona quiere reclamar via judicial o no
Un saludo
Teresa Ferraz
Muy buena
Aportada por:
Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion
Trabaja en:
Asesor particular
03.09.13
Dolores,
de tu mensaje lo que me parece que puede vulnerar los derechos de los trabajadores es que tu asociación “tiene contratado al personal a través de una prestación de servicio”, salvo que la empresa prestadora sea una ETT.
Con relación a tu consulta no veo ningún inconveniente en que contrate directamente a un trabajador que tenía contratado otra empresa, aunque puede parecer que tu mensaje deja atrás algún detalle de las relaciones entre la asociación, la empresa y el trabajador.
Saludos,
Saludos,
Opinión anónima
03.09.13
Estoy de acuerdo con Valentin, no es muy normal que os amenacen. Parece que hay algún detalle que se nos escapa.
Por otra parte no hay ningún inconveniente en que contrates ese trabajador. Suerte
Respuesta del participante:
04.09.13
Todo correcto.
Gracias por la atención y las respuestas dadas, ya que han resuelto mi duda.