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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Podéis aclararnos qué debemos entender por socio?

24.02.14

Hola,

Necesitamos su ayuda para definir el concepto de socio. Como Asociación sin ánimo de lucro estamos obligados a llevar un libro de socios. ¿Qué se entiende como socio: la persona que paga la cuota, un simpatizante, un asistente a los talleres de meditación que llevamos impartiendo de forma gratuita desde hace tres años?

La Asociación está registrada en el Registro de la CAM, tenemos el NIF.

¡Gracias por su ayuda!

Mirta.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

24.02.14

Socio es la persona que forma parte de la asociación pagando una cuota, necesaria para poder figurar en el libro de socios.

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#2

Aportada por:

Cristina Baz Larrañaga

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

24.02.14

Hola:
Tal y como ustedes lo plantéan, decirles que los socios tienen que estar incluidos en los estatutos de su asociación.
Entiendo que lo que ustedes preguntan es acerca de las personas que se acercan a su asociación y colaboran, de distintas formas, en la misma, los cuales pueden ser; socios, simpatizantes, voluntarios,...
Un saludo.

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#3

Opinión anónima

24.02.14

Hola Cesar,
De acuerdo a Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación

Artículo 21 Derechos de los asociados

Todo asociado ostenta los siguientes derechos:

a) A participar en las actividades de la asociación y en los órganos de gobierno y representación, a ejercer el derecho de voto, así como a asistir a la Asamblea General, de acuerdo con los Estatutos.b) A ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la asociación, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.c) A ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción.d) A impugnar los acuerdos de los órganos de la asociación que estime contrarios a la ley o a los Estatutos.Artículo 22 Deberes de los asociados

Son deberes de los asociados:

a) Compartir las finalidades de la asociación y colaborar para la consecución de las mismas.b) Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan corresponder a cada socio.c) Cumplir el resto de obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias.d) Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno y representación de la asociación.
Un saludo

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#4

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

24.02.14

Hola
llama socio a cada una de las partes que trabajan o colaboran conjuntamente en desarrollar un fin establecido en unos estatutos, y que a su vez son miembros de una asociación. En este caso, la finalidad suele ser particular o general: social, cultural, deportiva, u otra.
Un saludo
Teresa Ferraz

solucionesong.org
Un proyecto de