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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Constanza Niell Peña

Plan de prevención de riesgos laborales

25.04.08

Nuestros asesores jurídicos y contables nos informan que “la normativa laboral obliga a las empresas a realizar un plan de prevención de riesgos laborales, para evaluar la posible siniestralidad derivada del trabajo”, ¿es esto correcto? ¿hay alguna empresa recomendable que se dedique a fundaciones o puede ser cualquier empresa?

Muchas gracias por cualquier consejo que puedan darnos!!

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

25.04.08

Todo depende de los trabajadores que tengais, es decir si teneis mas de 5 teneis que hacerlo con una empresa especializada. cualquiera vale, salvo que alguno de los trabajadores sea tecnico superior en PRL, con lo cual siendo trabajador designado seria suficiente para que cubriese la labor preventiva. Creo que mi correo esta por mi presentacion. Si no es asi os ruego que os pongais de nuevo en contacto para daoslo. Un abrazo

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#2

Muy buena

Aportada por:

Guido Osvaldo Asencio Gallardo

Contador Publico y Auditor, y Consultor Organizaciones de Base.

Trabaja en:

Asesor particular

25.04.08

Estimada Constanza, es cierto que se pueden hacer planes de prevensi{on de riezgos laborales. Ahora el punto que importa en este tema, tiene que ver con entender que cada organización tiene diferentes formas de operar en todas sus actividades, por lo tanto, en el momento en que realicen el plan, el especialista lo debe hacer de acuerdo a la realidad de vuestra organización y no otro, porque muchas empresas copian planes calcados y despúes las consecuencias son muy nefactas, en el sentido de que no se dan cuenta de que le estan haciéndo un gran daño sus propios trabajadores, porque en definitiva, aquí esta en juego su vida.

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#3

Muy buena

Aportada por:

Guido Osvaldo Asencio Gallardo

Contador Publico y Auditor, y Consultor Organizaciones de Base.

Trabaja en:

Asesor particular

25.04.08

Estimada Constanza, es cierto que se pueden hacer planes de prevensi{on de riezgos laborales. Ahora el punto que importa en este tema, tiene que ver con entender que cada organización tiene diferentes formas de operar en todas sus actividades, por lo tanto, en el momento en que realicen el plan, el especialista lo debe hacer de acuerdo a la realidad de vuestra organización y no otro, porque muchas empresas copian planes calcados y despúes las consecuencias son muy nefactas, en el sentido de que no se dan cuenta de que le estan haciéndo un gran daño sus propios trabajadores, porque en definitiva, aquí esta en juego su vida.

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#4

Muy buena

Aportada por:

Guido Osvaldo Asencio Gallardo

Contador Publico y Auditor, y Consultor Organizaciones de Base.

Trabaja en:

Asesor particular

25.04.08

Otro dato o consejo que te puede servir, es que verifiques que la empresa o persona que realizará vuestra asesoría, debe ser certificada por alguna norma nacional o internacional, en que le de la licencia para operar con tal tipo de trabajo tan delicado.

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#5

Muy buena

Aportada por:

Guido Osvaldo Asencio Gallardo

Contador Publico y Auditor, y Consultor Organizaciones de Base.

Trabaja en:

Asesor particular

25.04.08

Igual te ofesco ayuda, a través de este portal tu puedes enviar otra pregunta más específica, para poder responderte coherentemente necesito más antecedentes.

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#6

Opinión anónima

26.04.08

Hola Constanza, ademas de todo lo dicho por los compañeros, te comento, normalmente, las MUTUAS suelen disponer de este servicio.

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#7

Opinión anónima

27.04.08

Efectivamente, el art. 3 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, obliga a las empresas que mantengan relaciones laborales reguladas por el Texto Refundido del estatuto de los Trabajadores o bien relaciones de tipo Estatutario al servicio de las Administraciones Publicas a aplicar la normativa vigente en materia de P.R.L. (Prevención de Riesgos Laborales).
La P.R.L. puede realizarse por diferentes vias:
- Puede asumirse por el propio empresario, en empresas de menos de 6 trabajadores, si tiene capacidad para ello y la actividad de la empresa no reviste especiales caracteristicas de riesgo.
- El empresario puede designar a uno o varios trabajadores para que realicen estas funciones. (En empresas de 6 a 500 trabajadores, o de 6 a 250 si se dan especiales condiciones de riesgos).
- Puede crearse un Servicio de P.R.L. propio, o bien contratar un Servicio Exterior, en caso de superarse los trabajadores anteriores (500 0 250).

Para contabilizar el número de trabajadores, se computan como trabajadores de plantilla los que tengan un contrato de duración superior al año, y en caso de contratos de inferior duración, se contabiliza un puesto de trabajo por cada 200 días de trabajo o fracción realizados durante el periodo de tiempo anterior a la constitución del Servicio de P.R.L.
Todo esto se desarrolla en el Reglamento 39/97 de P.R.L.

En caso de que los Servicios de P.R.L. se adjudique a una empresa especializada, esta tiene que estar autorizada por los Organismos Competentes en materia laboral, de las CCAA o de la Administración Central.

La mayor parte de las Mutas de Trabajo cuentan con estos servicios, o bien en el propio Ministerio de Trabajo podrán informarles de organizaciones que se dediquen a estos temas.

Atentamente: Fco. Javier Coello, Abogado y Técnico Superior en P.R.L.

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#8

Respuesta del participante:

Constanza Niell Peña

29.04.08

Muchas gracias a todos por vuestro tiempo y respuestas!! El tema nos ha quedado claro. Un saludo.

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#9

Muy buena

Aportada por:

Guido Osvaldo Asencio Gallardo

Contador Publico y Auditor, y Consultor Organizaciones de Base.

Trabaja en:

Asesor particular

29.04.08

Muy bien Constanza estamos para servir, y no dudes en seguir consultando en esta instancia.

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#10

Aportada por:

Ramon Pamies

Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc

Trabaja en:

Asesor particular

19.05.08

Si teneis obligacion de tener el PLAN DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES y no soyu una empresa / entidad muy grande, lo mejjor (y creo que unica opcion) es que contactetis con alguna empresa que opfrezca los servicios externos de Prevencion. Hay muchas, unas mas importantes y otras de reducida dimension. Comparar precios que os cobraran por el servicio. Por ejemplo mira en MC PREVENCION que es una filial de la antigua MUTUA CYCLOPS, la mutua de accidentes mas antigua de España

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