Consultas Online
Consulta formulada por:
Patrocinador extranjero
24.05.19
Hola,
Tenemos un convenio de colaboración con una entidad con sede en Europa que nos ayuda con los gastos de un torneo que se ha celebrado y nos dicen que tenemos que hacer una factura por el total sin IVA.
El problema es que nos piden un número VAT que no tenemos y tampoco estamos dados de alta en el ROI.Nuestra consulta es la siguiente: ¿Es necesario estar dado de alta o serviría una carta haciendo referencia al convenio de colaboración y citando el importe a ingresar? Los gastos no llevan IVA porque corresponden a arbitrajes y gastos de voluntarios.
Gracias por sus comentarios y ayuda.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
24.05.19
La cuestión es compleja y con muchos matices.
Si vuestra entidad está acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002 las cantidades percibidas en base a un convenio de colaboración de los previstos en la citada Ley 49/2002 estarían exentas de IVA. En caso contrario, no lo estaría y en ese caso, entiendo, por esas cantidades deberías repercutir IVA y en consecuencia daros de alta en el IVA y presentar las declaraciones correspondientes. Ahora bien, puesto que se trataría de un servicio intracomunitario, al residir el pagador en un país de la Unión Europea (puesto que hacéis referencia al VAT), se trataría de una operación intracomunitaria exenta y, como bien dice el pagador, deberéis incorporar el NIF IVA. Para ello, deberéis daros de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios. La factura estaría exenta de IVA, pero sí os obliga a presentar los modelos de IVA y el 349 de operaciones intracomunitarias.
Como veis no es sencillo.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Respuesta del participante:
24.05.19
Gracias por tu rápida respuesta.
Se me olvidó decir que si estamos acogidos al régimen fiscal de la Ley 49/002 y presentamos el IVA trimestralmente.El problema es que tengo entendido que darse de alta en el ROI y tener un número VAT tarda bastante y Hacienda no siempre te lo da si no vas a tener una continuidad intracomunitaria. Tendré que preguntar a Hacienda directamente.
Muchas gracias.