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Consulta formulada por:
Pasos a seguir para el registro de una propiedad a su nombre
29.02.12
¿Una asociación cultural puede registrar un propiedad a su nombre y con su CIF? ¿Cuáles son los pasos a seguir? ¿Como se haría en la Comunidad Autónoma Canaria?
Gracias por vuestra ayuda.
Respuestas
Aportada por:
Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion
Trabaja en:
Asesor particular
01.03.12
David,
una asociación es una persona jurídica y puede tener todo tipo de propiedades. Supongo que estás hablando de un inmueble, local o vivienda. La propiedad se adquiere de la misma forma que las personas físicas, por compraventa, por donación, por herencia, etc. y es igual en cualquier sitio del mundo.
Saludos,
Aportada por:
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
06.03.12
Habría que saber el título habeis por el que habeis recibido la propiedad o la vais a recibir.
Me imagino que estais hablando, como dice mi compañero Valentín, de algún tipo de inmueble. En tal caso, como esa transmisión ha de hacerso obligatoriamente mediante escritura pública ante Notario, será éste el que os informará de todos los trámites, incluidos los propios de la Comunidad Canaria.
Si estais constituidos en forma, es idéntico que si fueseis una persona física.