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Pasos a dar en los distintos registros para abrir sedes en otras comunidades autónomas
15.01.24
Hola, gracias de antemano por vuestra ayuda.
Nuestra entidad está registrada en Asturias, pero tenemos voluntariado implicado en Madrid y Sevilla y estamos planteándonos abrir sedes allí para poder realizar actividades.
Supongo que como fundación deberíamos cambiarnos de Asturias al protectorado estatal, me podríais confirmar si es así y cómo es el proceso.
Y para registrarnos tanto en Madrid como en Andalucía y Sevilla ¿es necesario haber dado ya ese paso? o es posible registrarnos ya para poder iniciar actividades?
¿Debemos tener representantes?. A nivel legal ¿cómo es esa figura? ¿hay diferencias entre representante y delegado?
Igual es demasiado amplia la pregunta, lo siento. Cualquier ayuda me irá bien. Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.
Trabaja en:
Asesor particular
09.08.24
Intentaré proporcionarte la información más relevante para tu consulta.
Para abrir sedes en otras comunidades autónomas, las asociaciones españolas deben presentar ciertos documentos. Estos incluyen:
Una solicitud o instancia dirigida a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, Registro Nacional de Asociaciones.
Acta de la asamblea o del acuerdo adoptado, o certificado del acta o del acuerdo extendido por las personas o cargos con facultad para certificarlos, en el que conste la apertura, o el cierre de delegaciones o establecimientos de la asociación y su fecha, recogiendo el domicilio social de la delegación o establecimiento a que se refiere la solicitud.
En caso de que haya habido modificaciones en la Junta Directiva con respecto a la que está inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones: Acta de la reunión o certificado del acta extendido por los cargos con facultad para certificar acuerdos sociales, por el que se haya elegido o modificado a los titulares de la Junta Directiva.
En cuanto a la diferencia entre un representante y un delegado, ambos son figuras que actúan en nombre de un grupo o entidad. Sin embargo, hay algunas diferencias clave:
Un delegado es una persona designada para representar los intereses de un grupo o entidad específica en una situación determinada. Debe seguir las instrucciones y directrices establecidas por el grupo representado. Las decisiones que toma el delegado deben estar dentro de los límites establecidos por el grupo representado.
Un representante es un individuo que actúa en nombre de alguien más o de un conjunto de personas, ejerciendo poder y tomando decisiones en diferentes situaciones. Aunque representa los intereses de otros, tiene cierta autonomía y poder para tomar decisiones en su nombre.
Para abrir una sede en Madrid, necesitarás presentar ciertos documentos. Aquí te dejo una lista de los más relevantes:
Solicitud o instancia: Dirigida a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, Registro Nacional de Asociaciones.
Acta de la asamblea o del acuerdo adoptado: Debe constar la apertura de la delegación y su fecha, recogiendo el domicilio social de la delegación.
Modificaciones en la Junta Directiva: En caso de que haya habido modificaciones en la Junta Directiva con respecto a la que está inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones.
Certificado de denominación
Estatutos
Dotación
Otorgamiento de escritura pública
Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y actos jurídicos documentados
Obtención del NIF
Informe del Protectorado y presentación en el Registro de Fundaciones
Por favor, ten en cuenta que esta lista puede no ser exhaustiva y los requisitos pueden variar dependiendo de la naturaleza de tu organización y de las regulaciones locales. Te recomendaría que consultes con un asesor legal o con las autoridades locales para obtener información más precisa y actualizada.
Aportada por:
Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.
Trabaja en:
Asesor particular
09.08.24
Para abrir una sede en Andalucía y Sevilla, necesitarás cumplir con ciertos requisitos y presentar algunos documentos. Aquí te dejo una lista de los más relevantes:
Solicitud o instancia: Dirigida a la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, Registro Nacional de Asociaciones.
Acta de la asamblea o del acuerdo adoptado: Debe constar la apertura de la delegación y su fecha, recogiendo el domicilio social de la delegación.
Modificaciones en la Junta Directiva: En caso de que haya habido modificaciones en la Junta Directiva con respecto a la que está inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones.
Autorización administrativa: Tanto los centros públicos como los privados necesitan autorización administrativa para su apertura y funcionamiento.
Comunicación a la autoridad laboral: De la apertura de centros de trabajo o de la reanudación de la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia.
Licencia de apertura y actividad: Es una licencia municipal obligatoria para que en un local, nave u oficina se pueda ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios.
Licencia de Actividad: Obtención de autorización para la puesta en marcha o apertura de una actividad en un establecimiento abierto al público, previa comprobación de que las instalaciones se han ajustado a la licencia concedida en su día.
Por favor, ten en cuenta que esta lista puede no ser exhaustiva y los requisitos pueden variar dependiendo de la naturaleza de tu organización y de las regulaciones locales. Te recomendaría que consultes con un asesor legal o con las autoridades locales para obtener información más precisa y actualizada.