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Consulta formulada por:
Partidas no deducibles para la determinación de los rendimientos gravados en el Impuesto de sociedades de las entidads acogidas a la Ley 49/2002
02.06.04
En las correcciones al resultado contable del I.S.(pag 6 del Modelo 102) acogiéndonos al régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos en la casilla 526, ¿se anotan todos los ingresos exentos?, ¿y en la 525?, ¿todos los gastos de las actividades exentas?.
Gracias
Respuestas
Opinión anónima
21.06.04
Madrid a 21 de junio de 2004.
Señores:
En contestación a su consulta, nuestra opinión es la siguiente.
En la hoja Liquidación (I) se incluyen los gastos exentos como diferencia permanente positiva aumentando el resultado contable, y se colocan en la casilla 525, mientras que los ingresos exentos los colocaran en la casilla 526 ya que disminuyen el resultado contable como diferencia permanente negativa.
Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.
Esperamos que le sea de utilidad nuestra respuesta,
Saludos cordiales.