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Consulta formulada por:
Para poder tramitarnos una subvención ¿nos puede exigir que tengamos pagado el IRPF?
23.01.10
Hemos hecho una actividad para un Organismo oficial. Inicialmente nos dijeron que a la presentación de facturas y justificantes de gastos, nos ingresarían una parte de los gastos, pero al presentarlos, el funcionario nos dice que debemos llevar pagado el justificante modelo 110 de retenciones de trabajadores y servicios profesionales. ¿Es esto exigible por alguna ley o reglamento o esto es un criterio del propio Funcionario u Organismo?
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
25.01.10
Hola Ana Isabel;
Probablemente en las bases de la convocatoria lo ponga, pero te puedo asegurar que efectivamente es así puesto que si no presentas el mod 110 con el pago de las retenciones estas imputando a la partida personal solo el neto recibido por el trabajador o el profesional independiente.
El financiador quiere tener constancia de que has ingresado en hacienda la parte de irpf sino no os lo pagarán y además la justificación estará incompleta.
Saludos, Eva
Opinión anónima
25.01.10
Efectivamente Ana Isabel,
debeis estar al día de vuestras obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
Saludos,
Marcos Concepción Raba
Asociación Española de Fundraising
www.aefundraising.org
Aportada por:
Fundación ARSIS
Trabaja en:
Asesor particular
25.01.10
Ana Isabel, ¡nada que añadir! Si quieres ayuda del estado, tienes que estar al día con tus obligaciones hacia el estado. No hay otra.
Saludos y buena suerte,
Montse
Opinión anónima
25.01.10
Hola Ana,
Lógico, el Modelo 110 es una liquidación, por lo que debes presentar justificante de ingreso de esas retenciones, como si del pago de cualquier otra factura se tratara. Lo mismo te habran pedido del TC1, si de personal laboral se tratase.
Gracias
Aportada por:
Protectora de animales y plantas
Trabaja en:
Asesor particular
26.01.10
EN LA MAYORIA DE LOS CASOS SI, DEPENDE LO QUE PONGA EN LAS BASES DE LA SUBVENCIÓN.
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
31.01.10
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
31.01.10
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
31.01.10
d. Procedimiento de concesión de la subvención.
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
31.01.10