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Para poder pasar los recibos a los socios, ¿Necesitamos un mandato firmado con sus datos y número IBAN o vale con los boletines de socio?
07.01.14
Hola,
Tengo algunas dudas con lo de SEPA que me gustaría consultaros:
¿Para poder pasar los recibos a los socios, necesitamos tener un mandato firmado con sus datos y numero IBAN, o valdría con los boletines de socio que tenemos de toda la vida (en el aparecen el CCC y todos los datos del socio)?
¿Para poder pasar los recibos a los usuarios de la asociación, necesitaríamos mandatos también?. cuando se hacen usuarios rellenan una hoja con sus datos personales y CCC, ¿valdría con esta hoja?
Para el caso de los trabajadores (nóminas), ¿hay que realizar algún mandato para poderles pagar las nominas a fin de mes?, ¿los números IBAN, tienen que dármelo ellos obligatoriamente o puedo conseguirlo la Asociación por su cuenta?
¿Los proveedores, de luz, gas, seguros,etc. Tienen que mandarnos mandatos obligatoriamente para poder pasarnos recibos desde Febrero? (Hasta la fecha solo hemos recibido uno en la Asociación, y me resulta raro que Gas Natural, Movistar etc, no envíen nada de esto
He leído varias paginas sobre IBAN, y en casi todas dice lo mismo, pero la verdad que no me queda nada claro estas dudas.
Gracias de antemano por la ayuda.
Un saludo.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
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Asesor particular
07.01.14
No dudo que lo del IBAN sea un invento magnífico en la compensación bancaria, pero en cuanto a la burocracia supone un retroceso de más de 15 años.
Sí, para las cuotas de los socios hace falta un mandato firmado por ellos, en caso contrario pueden devolverte el recibo hasta varios meses después y sin posibilidad de recurso; lo puedes coordinar con tu banco, pero es mejor que tú lo tengas archivado.
Sobre los recibos a usuarios, puede bastar su aceptación en el recibo que te firman cuando encargan o reciben la prestación, pues ahí debería figurar la forma y lugar de pago. Si se trata de un cobro recurrente, con tener la firma la primera vez vale, si es irregular y sin periodicidad, mejor tener la orden cada vez que se gire.
Las grandes compañías de luz, gas, telefonía, etc., no les hace falta un mandato nuevo ya que tienen un contrato firmado por el titular o validado a través de voz, en el que se recogen todos los datos. Es tu caso si en la ficha de alta del socio incluyes los datos bancarios como uno más de los que obligatoriamente te tiene que facilitar, eso vale como mandato.
Sobre las nóminas, en el propio contrato de trabajo o en documento posterior, con la firma del empleado, se recogen los datos de la cuenta de abono.
En cuanto a quién facilita el número, lo lógico es que sea el trabajador, quizá vuestro banco os pueda facilitar el de los que la tienen domiciliada con ellos.
Respuesta del participante:
08.01.14
Hola Francisco.
Muchas gracias por tu respuesta, me ha sido de gran ayuda, por que la verdad que en ningún sitio de los que he consultado explican estas dudas bien.
Por lo que entiendo, si tenemos un documento ya sea para socios o usuarios con sus datos personales y bancarios, debería valer como mandato, ok!!
A mí también me parece un atraso esto del SEPA, en cuanto a documentación…
Muchas gracias de nuevo
Un saludo.
V.J.V.G.