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Consulta formulada por:
MARIA DEL MAR BAÑARES VALLADOLID
para el calculo de una indemnizacion se toma el salario bruto o la base de cotización?
07.09.23
Buenos días,
necesito calcular la indemnización por un despido objetivo y tengo dudas si tengo q coger el salario bruto o la base de cotización. El salario bruto de la persona a lo largo de los 21 meses que ha trabajado no ha variado. Si que ha variado la base de cotización y en todos los meses supera el importe del salario, por lo que se ha cotizado por ese importe. Para el calculo de la base diaria cojo el salario bruto del ultimo mes y lo divido entre 30 o hago la media de las bases de cotización de los últimos 12 meses y lo divido entre 30.
Saludos
Mª Mar
Respuestas
Muy buena
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
07.09.23
Estimada María del Mar: en relación con la consulta establecida, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, para calcular la indemnización por despido intervienen diferentes elementos, que vamos a analizar por separado a continuación: -El salario bruto diario. El salario bruto diario es esencial para calcular una indemnización por despido, porque según a cuánto ascienda se pueden obtener cantidades muy distintas. Si el sueldo no es variable, para hallar el salario bruto diario debe tomarse la base de cotización del mes anterior al cese, y dividirla entre 30. Por el contrario, si se cobrara comisiones por el trabajador o la nómina varía mes a mes, ha de sumarse todo lo cobrado durante el último año y dividir el resultado entre 360. En cualquier caso, los conceptos que van incluidos en el salario bruto son el sueldo y las pagas extras, así como el plus de antigüedad si lo hay, entre otras retribuciones. No se engloban en el salario bruto diario las dietas, ropa de trabajo, planes de pensiones o los seguros de vida pagados por la entidad. -Antigüedad: El resultado del cálculo de la indemnización por despido depende también de la antigüedad del trabajador en la empresa. En este sentido, la cuantía a abonar por la entidad será mayor cuanto más tiempo lleve contratada esa persona.
Asimismo, tampoco se tendrá derecho a la misma cantidad si el contrato se firmó antes del 12 de febrero de 2012 o posteriormente, a tenor del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Sentado lo anterior, si se quiere hacer el cálculo de la indemnización por despido por causas objetivas, si este se declara procedente, debe de contarse 20 días por año trabajado, pero con un máximo de 12 mensualidades. Pongamos un ejemplo: un trabajador, con 25 años de antigüedad, tiene un salario diario de 50 € y su contrato laboral tiene fecha del 1 de enero de 1996. Le despiden el 7/12/16 a través de un despido por causas objetivas, corroborándose la procedencia del mismo. Del 1/1/96 al 7/12/16 han transcurrido 252 meses. En consecuencia: -50 € diarios x 252 meses x 1,66 (20 días por año divididos entre 12 meses) = 21.000 €. Pero antes de confirmar dicha indemnización de 21.000 € se ha de comprobar si supera el límite de 12 mensualidades. Como 12 mensualidades son 360 días, y 360 días multiplicados por 50 € diarios dan 18.000 €, la indemnización no ascenderá a 21.000 €. Será de 18.000 €, que es el tope. Espero haberle ayudado. Cordialmente. Rafael Pérez Castillo. rperezcastillo@gmail.com
Respuesta del participante:
MARIA DEL MAR BAÑARES VALLADOLID
22.09.23
Muchas gracias por la respuesta.
No me ha quedado claro si para el calculo de la indemnización tengo que coger el salario bruto o la base de cotización. En este caso el salario bruto no se ha modificado en el periodo que esta persona ha estado contratada, pero si ha variado la base de cotización a partir de marzo del año 2023, y en este caso esta base de cotización supera el salario bruto mensual. Mi duda es si hay que tener en cuenta salario bruto a base de cotización ( cuyo importe supera el salario bruto mensual).