Consultas Online
Pagar taller mediante factura creada por la asociación
25.01.22
Buenas tardes,
Somos una asociación que trabaja en el tema de la inmigración y la integración. Hemos hecho un encuentro intercultural y varios de los talleres eran con personas nativas de varios de los países participantes. Hemos encontrado ni empresas ni autónomos que nos den el servicio. Nos habían dicho que nosotros mismos les hacemos factura por su servicio y no pasa nada, pero otros nos han dicho que no podíamos…
¿Se puede o no se puede? Es un servicio concreto y puntual que hemos pagado mediante factura y transferencia a cuenta de estas personas ( talleres como henna árabe, dulces de África…).
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
SULAYR
Trabaja en:
Asesor particular
25.01.22
Buenas tardes.
Siento decirle que no entiendo su pregunta.
¿Puede explicarse un poco mejor ?
Respuesta del participante:
25.01.22
Ya lo siento. La pregunta es: hemos hecho bien haciendo una factura sin más. O había que hacer algún tipo de contrato. Nos habían dicho que con la factura era suficiente, aunque fuese un particular.
Aportada por:
Facilitadora en implantación de sistemas de calidad y elaboración de proyectos.Asesoría colaborativa y recursos formativos en www.conlaborsocial.com
Trabaja en:
Asesor particular
26.01.22
Buenas tardes, a la espera de que algún compañero experto en fiscalidad te conteste de manera más precisa, te comparto mi opinión.
Si eran servicios puntuales, por los cuales ellos os facturaron la cantidad pactada, y las facturas están bien elaboradas, no veo problema.
¿Ha sido así?
Un saludo
Aportada por:
SULAYR
Trabaja en:
Asesor particular
27.01.22
Buenos dias.
La cuestion es que si ha confeccionado usted una factura a quien le ha realizado los talleres, la primera pregunta, esa persona que ha realizado el taller esta dada de alta en Hacienda y en autonomos. ?
Si la respuesta es afirmativa, todo correcto.
Si la respuesta es negativa, su actuacion no es correcta.
Ahora bien, en esta vida todo tiene una importancia relativa. Si se trata de una factura de poco importe, lo normal sera que ni Hacienda ni nadie se meta en ello, pero debe tener claro a futuro que una persona sinn alta en Hacienda no puede expedir facturas.
La solucion a este problema sera que en lo sucesivo para pagar estos pequeños trabajos, le haga un recibo de donativo. Esto es su asociacion basandose en su labor social, concede un donativo por ….. €, a una determinada persona. Esta formula es legal y no tiene retención.
Saludos.
Respuesta del participante:
27.01.22
O sea que le haga un donativo simplemente?
La asociación no está dada de alta en hacienda porque nos había asesorado de que no era necesario y que como asociación podíamos emitir facturas propias.
Aportada por:
SULAYR
Trabaja en:
Asesor particular
27.01.22
Saludos de nuevo.
Su asociacion NO PUEDE EMITIR FACTURAS, para eso hay que estar dado de lata en Hacienda.
Su asociacion sin alta en Hacienda, solo puede recibir donativos, y los pagos que realice seran por facturas de proveedores o servicios de empresas o particulares dados de alta en Hacienda, o pagar donativos a quien la asociacion considere oportuno. Cunado pague un donativo en el recibo que realice debe poner el nombre, apellidos y DNI o NIE de quien lo percibe, y ese donativo nunca debe ser superior a 999 €.
Saludos.