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Consultas Online

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Opción por acogerse al regimen especial fiscal

12.02.20

Hola.

Somos una Asociación no lucrativa, declarada de Utilidad Pública desde hace 5 años, que presentamos anualmente el modelo 182 sin ningún problema. Hacienda en la información fiscal que remite a nuestros socios y donantes, reconoce las aportaciones realizadas a nuestra entidad y permite las deducciones correspondientes.

Recientemente, al solicitar un certificado a Hacienda de ser entidad sin fines de lucro, nos contesta negativamente y creemos que es por que en su momento no cumplimentamos el modelo 036 optando por el régimen especial fiscal.

Si lo solicitamos ahora, ¿podría haber algún problema con las deducciones practicadas por nuestros donantes en el IRPF desde que nos declararon de Utilidad Pública, o por alguna otra consideración fiscal?

Gracias y Un saludo.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

12.02.20

En relación con vuestra consulta, efectivamente podría haber un “problema” fiscal en cuanto que el régimen fiscal especial de la Ley 49/2002 es voluntario, de manera que las entidades que pudiendo optar por el citado régimen no lo materialicen a través de la declaración censal, se entiende que deciden no acogerse al mismo, sin que por lo tanto les resulte de aplicación las medidas fiscales previstas en el mismo.

¿Qué hacer en estos momentos? Pues presentar la declaración censal ahora que, en teoría sólo surtirá efectos a partir del ejercicio 2020, o seguir como estáis, sin presentar la opción.

Ninguna de las soluciones son buenas, sin que, entiendo, exista otra solución.

Particularmente considero que la opción menos mala es presentar el modelo 036 ahora, pues por lo menos quedáis cubiertos desde ahora en adelante.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Respuesta del participante:

12.02.20

Muchas gracias por tu respuesta.
A la hora de presentar el 036 para optar al régimen especial fiscal, ¿que documentos nos pueden requerir?
Gracias.

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#3

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

21.02.20

La Orden del Ministerio del Interior acordando la Declaración de Utilidad Pública.

De nuevo saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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