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Obligatoriedad prevencion de riesgos laborales
11.04.22
Buenas tardes, queriamos saber si una vivienda tutelada que realiza un proyecto socioeducativo y de reinserción de personas en riesgo de exclusion social tiene la obligatoriedad de contratar una empresa de prevención de riesgos laborales. Somos tres personas contratadas.
Muchas gracias!
Respuestas
Aportada por:
Analista contable, financiera y de estartegia desarrollo
Trabaja en:
Asesor particular
12.04.22
Buenos dias,
Efectivamente en cualquier organización en la que haya personal contratado tenemos la obligación de velar por la seguridad de éstos. Hay pocas excepciones en las que determinados organismos están exentos o tienen variaciones en su cumplimiento como pueden ser las fuerzas armadas pero no es nuestro caso así que si, debéis subcontratar el servicio que pienso sería la mejor alternativa.
Os harán un presupuesto teniendo en cuenta que sois una entidad pequeña con muy poco personal y deben haceros la valoración de riesgos de cada puesto de trabajo así como ofrecer la vigilancia de la salud ( revisiones médicas que son optativas para la persona empleada) así como una formación básica obligatoria en PRL. Esto como mínimo.
Espero haberos ayudado
Aportada por:
Abogado laboralista ejerciente. Especialista en derecho laboral, seguridad social y prevención de riesgos laborales.
Trabaja en:
Asesor particular
18.04.22
Buenas tardes,
Siempre que exista personal contratado que preste servicios por cuenta ajena, debe optarse por una de las modalidades que ofrece el reglamento de los servicios de prevención. Lo recomendable es optar por un servicio de prevención ajeno, ya que el precio está calculado en base a los trabajadores existentes en la empresa, número de centros de trabajo y peligrosidad de las tareas que se desempeñan. No lo dejéis pasar, porque en caso contrario os enfrentais a responsabilidades incluso penales en caso de que ocurra algo.
Un saludo