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Obligatoriedad de tener CIF
24.05.23
Buenos días,
Somos una asociación de reciente creación. Todavía no hemos solicitado el CIF porque no vamos a realizar, de momento, actividades económicas. Nuestra duda es si, de todas maneras, tenemos que solicitarlo.
Muchas gracias
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
24.05.23
Hola!
El CIF es la forma de poder identificar a las asociaciones (o fundaciones) al igual que el D.N.I. lo es para una persona. El CIF consiste en una tarjeta donde se incluyen (entre otras cosas) un número de identificación de 9 dígitos, precedidos por una letra, que en el caso de las asociaciones y fundaciones es la G Se solicita en la Hacienda Pública, y acompañará a la asociación durante toda la vida de la misma.
Yo solicitaría el CIF En el momento que queráis solicitar una subvención o abrir una cuenta bancaria o incluso dar de alta a un trabajador necesitaríais el CIF
Un saludo
Teresa Ferraz
Buena
Aportada por:
Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion
Trabaja en:
Asesor particular
24.05.23
Estoy completamente de acuerdo con la respuesta de Teresa, solo añadir que también necesitas el CIF para abrir una cuenta bancaria.
Respuesta del participante:
24.05.23
Muchísima gracias. Pero, una vez obtenido el CIF, ?hay que darse de alta en actividades económicas y,por lo tanto, hacer ls presentaciones trimestrales a Hacienda?
Excelente
Aportada por:
Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es
Trabaja en:
Asesor particular
24.05.23
Para poder obtener el CIF tendréis que presentar el modelo 036 en la AEAT de alta en el censo de empresarios y profesionales. En dicho documento es donde se indica de forma inicial las obligaciones que se deriven de vuestra actividad. Si estáis o no obligados a presentar declaración de IRPF, IVA, etc.
Si de vuestra actividad se deriva ninguna de estas obligaciones con este modelo es como tenéis que comunicarlo a la AEAT.
Un saludo.-