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Consulta formulada por:
Obligatoriedad de presentar en el registro público las cuentas anuales
30.03.06
Quisiera saber si las entidades sin ánimo de lucro, en particular las asociaciones, estamos obligadas a presentar en algún registro público (el mercantil) nuestra contabilidad (libros contables, cuentas anuales, etc..) Quisiera saber si depende de legislación nacional o es diferente según la comunidad autónoma.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Fundación ARSIS
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Asesor particular
07.04.06
Arantxa, si estáis en Catalunya, como veo por vuestro nombre, puedes encontrar la legislación aplicable a vuestro caso en www.gencat.net/justicia, sección de “asociaciones y fundaciones”, allí encontraréis todos los requisitos y trámites legales de las ONG en Catalunya. Si estáis declarados de utilidad pública, tenéis la obligación de presentar cuentas anuales siguiendo el modelo que os facilita la Generalitat antes de finalizar el mes de julio. Ese modelo se descarga de la misma página que te he indicado. La contabilidad debe seguir un plan contable adaptado a las entidades no lucrativas, en lo posible. Por otra parte, si quieres más información, puedes llamar a Justicia de la Generalitat, Servei d’Associacions, al tel. 93 316 41 26.