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Consulta formulada por:
Obligaciones fiscales por recibir una donación de 5.100 euros para la Asociación
18.05.09
Somos una asociación sin ánimo de lucro de ámbito provincial, a la que una persona particular nos ha entregado una cantidad en concepto de donación.. ¿Tiene derecho a deducción el donante en su declaración sobre la renta?. Y en la asociación ¿hemos de declarar lo donado a pesar de no hacer declaración del impuesto de sociedades?,
También nos gustaría saber cómo deberíamos reflejarlo en nuestra contabilidad.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
19.05.09
Hola Marina;
Para que el donante se pueda deducir en la renta la asociación tiene que estar declarada de utilidad publica o bien ser Fundación.
Al respecto de la asociación, en enero 2010 mediante modelo 182 declararíes esta donación, nada a hacer con el IS
Saludos, Eva.
Muy buena
Aportada por:
Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's
Trabaja en:
Asesor particular
19.05.09
Estimada Marina:
Si estáis dados de alta como entidad de utilidad pública, si se podrá desgravar. Para que esto se produzca, deberéis cumplimentar el modelo 182 en enero de 2010.
La contabilización sería de tesoreria 57 a donaciones 726
Saludos
Mariano Romero
m_romero1@yahoo.com