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Consulta formulada por:
Obligaciones fiscales de los cooperantes
10.09.04
Te traslado esta consulta que una cooperante de una ONG no española (y que por tanto no puede hacer uso directo de este servicio) ha hecho llegar a mi buzón de correo por si pudieras atenderla.
Trabajo desde hace 5 años en el mundo de las ONG pero siempre en el extranjero y siempre con organizaciones extranjeras, y no estoy segura de cuáles son mis obligaciones y derechos en el campo fiscal: 1. Como residente fuera de España y 2. Como trabajadora de ONGDurante 3 años la organización inglesa para la que trabajé cubrió mis gastos mínimos de la Seguridad Social en el Reino Unido, pero no estoy segura si eso podría ser reconocido en España o no.
Muchas gracias,Ana Martin
Respuestas
Opinión anónima
15.09.04
Madrid a 15 de septiembre de 2004
Señores:
En contestación a su consulta, nuestra opinión es la siguiente.
Como no residente fiscal español, ya que reside en otro país, la tributación por sus rentas mundiales la realizará en ese país, y la fiscalidad que le influya será la de ese país.
En España únicamente tendrá las obligaciones fiscales como cualquier no residente, en el caso que posea bienes en España (inmuebles, acciones, cuentas corrientes…. ). Es este caso tendría que declarar por el Impuesto sobre el Patrimonio como no residente, en España.
Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.
Esperamos que le sea de utilidad nuestra respuesta,
Saludos cordiales.