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Consulta formulada por:
MARIA DEL MAR BAÑARES VALLADOLID
Obligación de las ONG al registro horario
28.03.25
Nosotros como ONG, estaríamos obligados a registrar la jornada laboral?
Y en el caso de que la respuesta fuera si, como deberíamos hacer ese registro? en papel? digitalmente?
Saludos
Mª Mar
Respuestas

Excelente
Aportada por:
Trabaja en:
Asesor particular
28.03.25
Buenos días; la obligación de registro horario por parte de las empresas viene recoogida en el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo (art. 10).
Aunque existen algunas excepciones,el registro horario debe realizarse para todos los trabajadores, independientemente de la categoría profesional, del sector de la actividad o del tamaño de la empresa. Las ONG no se encuentran entre dichas excepciones.
En el proyecto de ley sobfre la reducción de la jornada laboral se contempla la obligación de que el registro horario sea digital; es decir, las empresas deberán disponer de algún tipo de software que haga posible el registro de las entradas y salidas y el almacenamiento de manera informática. Pero como digo, esto aun es proyecto.
Un saludo,

Respuesta del participante:
MARIA DEL MAR BAÑARES VALLADOLID
28.03.25
Ma ha quedado claro.
Muchísimas gracias

Respuesta del participante:
MARIA DEL MAR BAÑARES VALLADOLID
28.03.25
La respuesta ha sido muy rápida y clara.