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Consultas Online

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Número legal de personas en prácticas en una ONG

13.01.25

Buenas tardes.

Me gustaría saber cuál es el límite legal de personas en prácticas que se puede tener en una ONG.

He leído que se estima en el 20% del personal en plantilla y que aún así, se podría tener a dos personas en prácticas.

Mi pregunta al respecto es si se refiere a un máximo de dos personas de manera simultánea o en total. Si es en distintas franjas horarias y no coinciden todos a la vez, ¿podrían ser grupos de dos, por ejemplo dos por la mañana y dos por la tarde?. ¿Incluso por días?. De manera que se puedan tener más de 2 alumnos pero nunca coincidiendo.

Por otro lado, una persona voluntaria fija y un trabajador autónomo para la ONG, ¿podrían tutorizar a los/las alumnas?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

14.01.25

Buenos días:

Según el Real Decreto 592/2014:
Límite simultáneo: En mi opinión, no pueden coincidir más de dos personas en prácticas al mismo tiempo. Si las franjas horarias o días se organizan adecuadamente, es posible tener más de dos alumnos siempre que no se solapen.
Tutorización: Un voluntario fijo o un trabajador autónomo pueden actuar como tutores si cumplen con los requisitos de experiencia y la universidad/centro lo autoriza.
En todo caso confirma las normas específicas de la Universidad con la que colabores.

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#2

Respuesta del participante:

14.01.25

Hola Valentín,

Muchas gracias por la respuesta.

Me ha quedado todo claro.

Un saludo.

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#3

Aportada por:

Andre Hoelzle-Silva

Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.

Trabaja en:

Asesor particular

15.01.25

Complementando el comentario de mi colega Valentín

1 - Límite Legal de Personas en Prácticas en una ONG en España

En España, la normativa establece que el número de personas en prácticas en una ONG no puede superar el 20% del personal en plantilla. Además, se permite tener un mínimo de dos personas en prácticas, independientemente del tamaño de la plantilla. Esto significa que, aunque la ONG tenga una plantilla pequeña, siempre podrá tener al menos dos personas en prácticas.

2 - Máximo de Personas en Prácticas Simultáneamente

La normativa no especifica claramente si el límite de dos personas en prácticas se refiere a un máximo simultáneo o total. Sin embargo, la interpretación más común es que se refiere a un máximo de dos personas en prácticas de manera simultáneamente y el Límite Legal de Personas en Prácticas en una ONG en España
En España, la normativa establece que el número de personas en prácticas en una ONG no puede superar el 20% del personal en plantilla. Además, se permite tener un mínimo de dos personas en prácticas, independientemente del tamaño de la plantilla. Esto significa que, aunque la ONG tenga una plantilla pequeña, siempre podrá tener al menos dos personas en prácticas.

3 - Máximo de Personas en Prácticas Simultáneamente

La normativa no especifica claramente si el límite de dos personas en prácticas se refiere a un máximo simultáneo o total. Sin embargo, la interpretación más usual es que se refiere a un máximo de dos personas en prácticas de manera simultánea. Esto implica que podrías organizar diferentes grupos de dos personas en distintas franjas horarias, siempre y cuando no coincidan más de dos personas en prácticas al mismo tiempo. Por ejemplo:

4 - Dos personas por la mañana y dos por la tarde
Esto sería posible siempre que no coincidan más de dos personas en el mismo turno.

5 - Diferentes días

También podrías tener dos personas en prácticas un día y otras dos personas en otro día, siempre respetando el límite simultáneo.

6 - Tutoría de Alumnos en Prácticas

En cuanto a la tutoría, tanto una persona voluntaria fija como un trabajador autónomo pueden tutorizar a los alumnos en prácticas, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la normativa y la entidad educativa correspondiente. Es importante que los tutores tengan la formación y experiencia necesarias para guiar adecuadamente a los alumnos en su proceso de aprendizaje.

7 - Normativa Europea

A nivel europeo, la Directiva (UE) 2016/801 establece las normas sobre las condiciones de entrada y residencia de los nacionales de países terceros con fines de investigación, estudios, prácticas, voluntariado, entre otros.
Esta directiva no especifica un límite concreto de personas en prácticas para las ONG, dejando esta regulación a cada país miembro.
Sin embargo, establece que los practicantes deben tener un convenio de prácticas y cumplir con ciertos requisitos, como tener un seguro de enfermedad y recursos suficientes para su subsistencia real.
Esto implica que podrías organizar diferentes grupos de dos personas en distintas franjas horarias, siempre y cuando no coincidan más de dos personas en prácticas al mismo tiempo. Por ejemplo:

Dos personas por la mañana y dos por la tarde: Esto sería posible siempre que no coincidan más de dos personas en el mismo turno.

8 - Diferentes días

También podrías tener dos personas en prácticas un día y otras dos personas en otro día, siempre respetando el límite simultáneo.

9 - Tutoría de Alumnos en Prácticas

En cuanto a la tutoría, tanto una persona voluntaria fija como un trabajador autónomo pueden tutorizar a los alumnos en prácticas, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la normativa y la entidad educativa correspondiente. Es importante que los tutores tengan la formación y experiencia necesarias para guiar adecuadamente a los alumnos en su proceso de aprendizaje.

10 - Normativa Europea

A nivel europeo, la Directiva (UE) 2016/801 establece las normas sobre las condiciones de entrada y residencia de los nacionales de países terceros con fines de investigación, estudios, prácticas, voluntariado, entre otros. Esta directiva no especifica un límite concreto de personas en prácticas para las ONG, dejando esta regulación a cada país miembro. Sin embargo, establece que los practicantes deben tener un convenio de prácticas y cumplir con ciertos requisitos, como tener un seguro de enfermedad y recursos suficientes para su subsistencia.

Referencias:

1 - Soluciones Ong
2 - Euro-Lex
3 - Directiva (UE) 2016/801

solucionesong.org
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