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Consulta formulada por:
Nuevas obligaciones fiscales y contables de las asociaciones
16.02.15
Desearía recibir información en relación a las nuevas obligaciones fiscales y contables de las asociaciones.
Gracias
Respuestas
Opinión anónima
21.02.15
Salvo mejor opinión, en tanto en cuanto no se ha producido ningún cambio legislativo en cuanto al derecho de asociación, tampoco existen NUEVAS obligaciones para dichas entidades.
No obstante, dentro de sus obligaciones habituales lo que sí ha de tenerse presente es la aprobación del PGC aplicable a las entidades sin ánimo de lucro (Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos), del PGC aplicable a las PEQUEÑAS Y MEDIANES entidades sin ánimo de lucro (Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos) y de la nueva Ley del Impuesto de Sociedades (Ley 27/2014, de 27 de noviembre).
Un atento saludo,
Adolfo T Dochado
Consultor, Auditor y Formador
Opinión anónima
24.02.15
Hasta ahora, las entidades parcialmente exentas estarán obligadas a declarar la totalidad de sus rentas, exentas y no exentas.
No obstante, n*o tendrán obligación de presentar declaración *cuando cumplan los siguientes requisitos:
Sin embargo con la reforma operada en la Ley del Impuesto de Sociedades, para los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2015 todas las asociaciones tendrán que presentarla. Es decir que si el ejercicio natural es del 1 enero al 31 de diciembre, la primera declaración será la de 2015 a presentar entre el 1 y el 25 de Julio de 2016.
Opinión anónima
24.02.15
Hasta ahora, las entidades parcialmente exentas estarán obligadas a declarar la totalidad de sus rentas, exentas y no exentas.
No obstante, n*o tendrán obligación de presentar declaración *cuando cumplan los siguientes requisitos:
Sin embargo con la reforma operada en la Ley del Impuesto de Sociedades, para los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2015 todas las asociaciones tendrán que presentarla. Es decir que si el ejercicio natural es del 1 enero al 31 de diciembre, la primera declaración será la de 2015 a presentar entre el 1 y el 25 de Julio de 2016.